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Medida del Gobierno

Polémica por las propinas digitales: quién gana y quién pierde

Lo que aparece como una ventaja para los consumidores puede ser un perjuicio para los trabajadores a la hora de considerar aspectos tales como una indemnización. El análisis en Círculo Político

Redacción

Por Redacción

17 Agosto de 2024 - 08:58

Las billeteras digitales facilitan las propinas pero pueden traer perjuicios en los derechos de los trabajadores
Las billeteras digitales facilitan las propinas pero pueden traer perjuicios en los derechos de los trabajadores web

Luego de las modificaciones que introdujo el Gobierno nacional en el uso de las billeteras digitales para incluir las propinas en la cuenta de los bares y restaurantes, varias voces señalan que, ese ítem que en muchos casos significa un ingreso importante para los trabajadores queda en una zona gris, porque si bien puede hacer que en el acumulado sean alcanzados por impuestos como Ganancias, a la vez no aparecen consideradas para otros rubros importantes, como es el cálculo indemnizatorio.

La pregunta es entonces si se trata de un beneficio o una desventaja para los trabajadores gastronómicos, y fue Luis Campos, economista, Investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma, quien lo explicó en Círculo Político, (lunes a viernes de 14 a 16 por Ciudadano.News), y señaló: "El decreto de necesidad y urgencia que se publicó en estos días en el Boletín Oficial tiene distintas disposiciones, hay una serie de disposiciones que apuntan a facilitar la utilización de medios digitales para dejar propinas en distintas actividades, en las cuales esto es algo muy frecuente", y ejemplificó: "Algo que estaba pasando en este último tiempo, sobre todo a partir de la popularización de las billeteras digitales es que muchas personas iban al restaurante sin efectivo y pagaban con su billetera digital; qué pasaba, al momento de dejar la propina no tenían el efectivo, querían dejar la propina, de hecho le pedían al mozo que les diera el alias para hacerle la transferencia, y hasta hoy ese mecanismo no estaba prohibido, no había ningún obstáculo para hacer esa operación".

 

Luis Campos
Luis Campos

 

Pero aparecía un inconveniente: según la ley de contrato de trabajo, artículo 113 que este decreto modifica, ese monto las propinas se consideran parte de la remuneración, es parte del salario del trabajador. "Es decir, eso impactó después en muchos otros rubros como por ejemplo la indemnización por despidos, al momento de despedir a un trabajador de la gastronomía el empleador tenía que considerar la liquidación final cuánto impactaba, cuál era la proporción que representaba la propina respecto del salario total. Esto no se hacía porque en general las propinas iban por fuera del registro, no había ningún tipo de registro de las propinas, se dejaban en negro, entonces esto lo que generaba es que los empleadores a punto de despedir, al momento de pagar indemnización por despidos y otros rubros, cuya base de cálculos tiene que ver con el salario de los trabajadores no consideraban a las propinas", aclaró el entrevistado. 

Esto generaba muchos litigios, de hecho la justicia laboral en la mayoría de los casos hacía lugar a las demandas y decía que al momento de calcular ese índice, tienen que incluir la incidencia de las propinas. "Lo que decían los empleadores, esto pasaba en muchos establecimientos, le prohibían a los trabajadores recibir las propinas por vía digital, por qué sucedía esto, porque al momento de recibirlo por vía digital empieza a quedar registro. Es decir, si recibo las propinas en efectivo después es muy difícil probar que yo recibí esa propina. Ahora si las recibo en mi billetera digital después eso es más fácil de probar en un juicio. Entonces muchos empleadores para no tener que enfrentarse a esa situación y a tener que pagar indemnizaciones más elevadas lo que hacían era prohibir que las propinas se recibieran por vía digital", añadió Campos.

"Lo que viene a hacer este decreto es a facilitar que las propinas se dejen por vía digital, hay una serie de normas que son beneficiosas, por ejemplo se establece que las billeteras digitales no le pueden cobrar ningún tipo de comisión al trabajador para recibir y utilizar esa plata", siguió el entrevistado, pero a la vez también marcó la parte negativa: "Ahora, la contracara de eso es que le quitaron el carácter remunerativo a las propinas, es decir modificaron el artículo 113 para decir hasta ahora las propinas eran parte del salario, a partir de ahora ya no son parte del salario, no tienen carácter remunerativo y por ende no se van a considerar al momento de calcular muchos otros rubros de ingreso de los trabajadores que se calculan a partir del salario, de la remuneración habitual. La indemnización por despido es la más conocida pero cualquier tipo de indemnización se va a calcular en base a la remuneración, las horas extras, las vacaciones, el aguinaldo, distintos rubros que tienen relación directa con el monto de la remuneración y que a partir de ahora van a tener una base de cálculos más baja porque las propinas dejan de ser consideradas parte del salario de los trabajadores y pasan a ser algo, una especie de vínculo entre el cliente y el trabajador en el cual el empleador no tiene nada que decir al respecto", completó el economista.