Por Redacción
25 Junio de 2024 - 19:23
La Argentina enfrenta el juicio por la expropiación de YPF, donde el fallo en contra obliga a pagar una indemnización por 16.100 millones de dólares más intereses, que tramita en los tribunales de Estados Unidos, y en esta instancia del proceso las defensas tanto del Estado argentino como de la petrolera, presentaron ayer sus escritos.
La causa tramita ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, que revisa de la sentencia de primera instancia que declaró inocente a YPF pero falló en contra del Estado, y la defensa la llevan el estudio jurídico Sullivan & Cromwell por la Argentina, y Debevoise & Plimpton en nombre de la petrolera estatal, con estrategias diferentes. El Estado Nacional busca revertir la sentencia en contra de primera instancia, pero YPF busca que se confirme que no tuvo responsabilidades durante el proceso de estatización del 51% de las acciones en 2012, cuando estaban en manos de la española Repsol.

"Esta Corte no debería tolerar una sentencia de US$16.100 millones contra un soberano extranjero basada en una interpretación errónea y sin precedentes del derecho público y privado de ese soberano por parte de un tribunal estadounidense, que no debería haber escuchado estos casos completamente argentinos", señala la defensa del Estado argentino, que además marca errores cometidos por el tribunal del Distrito Sur de Nueva York, a cargo de la jueza Loretta Preska.
"La asombrosa sentencia del tribunal de distrito representa una porción significativa del presupuesto fiscal de la Argentina, lo que afecta recursos que, de lo contrario, estarían comprometidos con importantes reformas económicas".
" Si un tribunal de otro país le diera a la ley estadounidense un trato similar al imponerle miles de millones (o, de manera análoga, billones) de dólares en responsabilidad contra el gobierno estadounidense, la reacción universal sería la incredulidad y la indignación. Este Tribunal debería revocar", cierra el escrito, que sostiene el argumento de que el proceso nunca se tendría que haber realizado en las cortes de Estados Unidos, aunque YPF es una empresa internacional que cotiza en la Bolsa de Nueva York.
"Estos casos nunca debieron haber sido vistos en el tribunal de distrito. Los reclamos de los demandantes giran enteramente sobre (i) los estatutos de una empresa argentina, (ii) los actos soberanos de la República Argentina realizados en la Argentina, (iii) los derechos ejercidos únicamente bajo la ley argentina, y (iv) los valores que estos sofisticados demandantes compraron casi enteramente de vendedores no estadounidenses".
"Como resultado, esta Corte tiene ahora la poco envidiable tarea de actuar como una corte de apelaciones argentina", adujeron.

La demanda proviene de dos fondos, Burford Capital y Eton Park, que ganaron en primera instancia al argumentar que el gobierno de Cristina Kirchner no lanzó una oferta pública de adquisición sobre el total de las acciones, paso necesario de acuerdo al estatuto de la petrolera.
El argumento de los defensores de la empresa es que YPF no tiene responsabilidad en obligar a sus accionistas a hacer cumplir su estatuto. "Los demandantes reconocieron que YPF no tenía obligación de hacer una oferta pública por sí misma, pero afirmaron que, como sociedad cuyos valores y estatutos estaban en cuestión, YPF también era financieramente responsable por el monto de la oferta ausente.
El tribunal del distrito rechazó rotundamente y correctamente esa afirmación. Emitió sentencia a favor de YPF y en contra de los demandantes, desestimando a YPF del caso", dice la defensa de la petrolera.
"Los reclamos de los demandantes no tienen fundamento en los estatutos ni en la legislación argentina. YPF es la emisora de las acciones objeto de expropiación y el objeto de la supuesta toma de control, pero no tenía obligación de realizar, hacer cumplir, obligar o garantizar una oferta pública de adquisición, de imponer sanciones o de cualquier otro modo de interceder en las acciones en disputa. La compañía no garantiza las expectativas financieras de sus inversionistas y no es responsable de las acciones de los adquirentes de sus acciones".
"Sería totalmente sin precedentes y sería un completo desprecio de los conceptos básicos de la ley argentina responsabilizar a la compañía por estos hechos", remarcaron.
La fecha límite de las defensas es el 6 de septiembre, y la Corte podría fallar recién entre fines del primer trimestre o principios del segundo trimestre de 2025, y vale recordar que hay otros procesos abiertos de similar tenor en Inglaterra e Irlanda.
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