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Para asegurar el auto no se exigirá la revisión vehicular

Fue derogada la resolución que modificaba las condiciones para contratar el seguro automotor

Por Redacción

08 de febrero, 2024 - 11:42

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) derogó la resolución que modificaba las condiciones generales de cobertura del seguro de responsabilidad civil automotor. Con esta medida, no se exigirá a la revisión técnica obligatoria (RTO o VTV, según la provincia) para poder brindar cobertura.

Por medio de la Resolución SSN N° 13/2024, el superintendente de Seguros de la Nación, Guillermo Plate, derogó la Resolución SSN N° 534/2023, dictada el 16 de noviembre del 2023 y que modificaba las condiciones generales de cobertura de Seguro de Responsabilidad Civil Automotor.

La normativa derogada establecía que “previo a la celebración del contrato de seguro, las entidades aseguradoras deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquella no se ha realizado en el año previo”. Por tal motivo, había sido objeto de planteos por parte de las cámaras y asociaciones que nuclean al sector, por las dificultades que conllevaba su implementación.

Desde ahora, se mantienen las condiciones de cobertura vigentes al momento de la resolución derogada y se continuará analizando la temática con el objetivo de encontrar un mecanismo que ofrezca una solución apropiada para los altos intereses comprometidos en este tipo de producto.

Esta decisión se inscribe en el marco de medidas que lleva a cabo la nueva gestión de la Superintendencia con el propósito de otorgar al mercado asegurador de un marco regulatorio claro y eficiente en beneficio, tanto de aseguradoras como de asegurados, salvaguardando así sus derechos.

Con la nueva resolución, el único requisito para asegurar un automotor es tener la licencia de conducir vigente y que la categoría de vehículo a conducir coincida con el carnet expedido por la autoridad competente.