Juez federal de Mendoza frena aumentos desmedidos de empresas de medicina prepaga
Esta acción, gestionada por el estudio Aguinaga Abogados en defensa de un jubilado, pone fin a la libertad de cobro sin límites otorgada por el mega DNU de diciembre pasado
Por Redacción
Una importante acción jurídica fue emitida por la Justicia federal de Mendoza. La misma tendrá fuerte impacto en todo el territorio nacional. Se trata de una medida cautelar elaborada y gestionada por el estudio Aguinaga Abogados en defensa de un jubilado y contra los fuertes aumentos que aplicaron las empresas de medicina prepaga en diciembre y enero tras el mega DNU presidencial de Javier Milei. El mismo otorgaba a esas instituciones libertad de cobro arancelario sin ningún tipo de límites.
Ante esto, el juez Pablo Quirós, titular del Juzgado Federal 2, dio lugar a la presentación y detuvo los aumentos. Como explicó en reportaje exclusivo la abogada Laura Cannizzaro: "El Juzgado federal número 2 de Mendoza hizo lugar a la primera medida cautelar presentada en contra del aumento desmedido de las empresas de medicina prepaga a sus afiliados luego de la entrada en vigencia del decreto 70/23 en el mes de diciembre".
"Se planteó por parte del estudio una acción de amparo con una medida cautelar por el incremento que había sufrido un jubilado de 67 años y con 27 años de antigüedad en la empresa Medifé, a quien ya incluso antes de la vigencia del DNU, se le venía incrementando la cuota por encima de los aumentos autorizados por la Superintendencia de Servicios de Salud y al entrar en vigencia el decreto, el incremento sufre un golpe mucho más fuerte, pasando a llegar a más del 75% el total de aumento en tres meses", agregó Cannizzaro.
Profundizando los detalles de esta importante respuesta de la Justicia federal, que tiene alcance en todo el país, la profesional señaló: "El resolutivo que hace lugar a la medida cautelar ordena la suspensión de la aplicación de los artículos 265, 267 y 269 del decreto 7023 y obliga a Medifé a readecuar el valor de la cuota, teniendo en cuenta los aumentos que permitía la autoridad de aplicación con carácter previo al DNU, es decir, que pone un límite a los incrementos y nos lleva nuevamente a un régimen controlado por la Superintendencia de Seguros de Salud de la Nación.
"Es decir, que frena la liberación al mercado del valor de las cuotas de las prepagas y lo torna, en cierto modo, previsible para el consumidor de la prepaga, el valor que va a pagar en las cuotas subsiguientes", finalizó.
Producción periodística: Daniel Gallardo