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¿Qué deben hacer los padres separados para ver a sus hijos?

La reglamentación establece una nueva forma de organización en relación con las salidas de los adultos para el traslado de los menores una vez por semana

4 Mayo de 2020 - 16:43

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La disposición vigente en el país desde este sábado 2 de mayo, definió un nuevo marco de acción para padres y madres separados que conviven con sus hijos en domicilios distintos, con el propósito de “garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a mantener relaciones personales y contacto directo con progenitores o referentes afectivos, en los términos establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial de la Nación”, señala la norma.

En este sentido, se incorporan en el listado de excepciones al cumplimiento del aislamiento obligatorio, y a la prohibición de circular, a las personas que estén involucradas en estas actividades: Traslado de niños, niñas y adolescentes, al domicilio del otro progenitor o progenitora, o referente afectivo. Si se trata de una familia monoparental, el progenitor o la progenitora podrá trasladar al niño, niña o adolescente al domicilio de un referente afectivo.

Para ambos casos prevalece siempre el interés superior del niño, niña o adolescente.

¿Quiénes se encuentran habilitados para dichos traslados?

Cualquiera de los progenitores o progenitoras, o referente afectivo (tutor), que esté conviviendo con el niño, niña o adolescente durante la cuarentena, indica la decisión administrativa citada; y este traslado podrá realizarse sólo una vez por semana.

Para tal fin, los padres o tutores deberán portar completa la declaración jurada del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que se acompaña aquí.

Para mayor información, consultar acá. https://www.ciudadanodiario.com.ar/politica/la-fuerte-critica-de-omar-de-marchi-que-se-hizo-viral-en-redes