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Qué es la pensión derivada de ANSES y cómo acceder en 2025

Cómo tramitar la pensión derivada por el fallecimiento de un jubilado de forma más sencilla y por internet, a quiénes les corresponde y todos los requisitos actualizados, entre otros detalles.

María Emilia Iglesias

Por María Emilia Iglesias

28 Julio de 2025 - 12:39

La solicitud de la pensión se suma a un listado de trámites virtuales a través de Mi ANSES.
La solicitud de la pensión se suma a un listado de trámites virtuales a través de Mi ANSES. Web

Además de las próximas novedades y pagos para miles de beneficiarios de ANSES, como el nuevo aumento que se otorgará en agosto, la semana arrancó con la noticia de que se facilitará otro trámite del organismo que beneficiará a miles de personas.

Se trata de la Pensión derivada por fallecimiento de una persona jubilada, una de las prestaciones más comunes que alcanzan a muchos titulares. Este beneficio, a su vez, tiene los incrementos de acuerdo a la fórmula de movilidad, pero tiene sus propios requisitos y documentación.

A continuación detallamos qué cambia en el trámite, cómo funciona la pensión y cuáles son las condiciones, a quiénes les corresponde y cómo acceder por internet.

Qué es la pensión derivada por fallecimiento de ANSES

ANSES tiene tanto la pensión derivada por el fallecimiento de un trabajador, como la de un jubilado. A esta pensión podrán acceder los familiares de la persona con el objetivo de tener este acompañamiento económico que, de lo contrario, se perdería y podría perjudicar a la familia.

Es por eso que se mantiene este beneficio y ahora, con un trámite más sencillo. Sin embargo, es necesario conocer todas sus condiciones.

Quiénes pueden acceder y cuáles son los requisitos

Pueden acceder a la pensión por fallecimiento de un jubilado su cónyuge, conviviente previsional e hijos menores de 18 años o con discapacidad, ya que en este último caso no hay un límite de edad. Los requisitos de la prestación son:

  • Cónyuge > tener la partida o acta de matrimonio actualizada (emitida hasta 1 año anterior a la fecha de solicitud de la pensión y no más de 6 meses anteriores al fallecimiento), según indica el organismo en su sitio oficial.
  • Conviviente > acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen hijos reconocidos por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
  • Hijos > ser menor de 18 años y soltero. Además, "no hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido. En estos casos el trámite se hace de manera presencial", indicó ANSES.
  • Para hacer el trámite deben haber pasado entre 10 días hábiles y hasta 4 meses desde la fecha del fallecimiento del titular.
  • Además, esta pensión no es compatible con las Pensiones No Contributivas (PNC).

Cómo tramitar la pensión derivada de ANSES

Como se mencionó, recientemente ANSES anunció que a partir de ahora el trámite se podrá hacer por internet a través de la página web o la aplicación Mi ANSES, lo cual simplifica mucho la gestión para miles de personas que no siempre pueden asistir a una oficina del organismo.

Para ello, primero deben estar los datos personales y del fallecimiento de la persona jubilada acreditados en ANSES. Además, se deben tener todos los datos de contacto verificados y actualizados (celular y correo electrónico) y contar con las acreditaciones de matrimonio o convivencia. Luego, los pasos son:

Paso a paso completo para solicitar la pensión derivada publicados por ANSES
Paso a paso completo para solicitar la pensión derivada publicados por ANSES

La nueva opción ya se habilitó en Mi ANSES y quienes deseen gestionarla lo verán de esta manera:

Menú para solicitud de prestaciones en Mi ANSES
Menú para solicitud de prestaciones en Mi ANSES

Además, una vez tramitada la pensión, los solicitantes podrán hacer el seguimiento del trámite en la misma aplicación, como también consultar por novedades comunicándose al 130 de ANSES.

Documentación para solicitar a la pensión en 2025

Por último, aunque ya se conocen los requisitos, hay que tener en cuenta el hecho de reunir toda la documentación necesaria para hacer de la forma más sencilla posible el trámite. Se necesita:

  • Del jubilado fallecido > partida de defunción y formulario de información bancaria (PS 6.76), que está disponible para descargar en el sitio web.
  • Del cónyuge o conviviente > DNI, formulario de declaración jurada (PS 6.9), formulario PS 6.279 (solo en el caso de que la persona se hubiera jubilado por moratoria) y el formulario de declaración jurada PS 6.284. Todos se pueden descargar desde la misma página oficial.
  • Del hijo incapacitado para trabajar > formulario de declaración jurada (PS 6.9), formulario de dependencia económica titular (PS 6.12) y formulario de dependencia económica testimonial (PS 6.13). Nuevamente, todos se pueden descargar desde el sitio oficial.