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Polémica en Córdoba por una multa durante la lactancia: qué dice la Ley de Tránsito

Un control en la Ruta 36 de Córdoba terminó en una multa que desató indignación, dudas legales y un intenso debate en redes.

Fernando García

Por Fernando García

6 Octubre de 2025 - 15:25

Córdoba: sancionan a un conductor mientras su pareja amamantaba al bebé y estalla la polémica.
Córdoba: sancionan a un conductor mientras su pareja amamantaba al bebé y estalla la polémica. -

Un nuevo episodio viral volvió a poner bajo la lupa el accionar de la Policía Caminera de Córdoba. Un conductor fue multado mientras su pareja amamantaba a su bebé en plena Ruta 36, lo que desató una ola de reacciones en redes sociales y un debate sobre si la sanción fue correcta o un exceso.

Según el relato del propio conductor, su hijo se encontraba irritado durante el viaje y su pareja lo alimentaba cuando el vehículo fue detenido en un control policial sobre la autopista Córdoba-Río Cuarto. El agente labró una infracción bajo la Ley 8.560, que regula la circulación con menores de edad, y la sanción ascendió a $288.200 ($144.100 con pago voluntario).

Mientras que el hombre calificó el hecho como una "estafa", desde la Caminera defendieron el procedimiento. Tanto el jefe del cuerpo, Daniel Bolloli, como el especialista en seguridad vial, Guillermo Pacharoni, argumentaron que la medida buscó proteger la integridad del menor, ya que "amamantar en movimiento implica un riesgo para la vida del bebé".

Un conductor fue multado porque su pareja amamantaba al bebé: el análisis legal del caso.
Un conductor fue multado porque su pareja amamantaba al bebé: el análisis legal del caso.

Ante la polémica, el abogado Emiliano Herrera aclaró, en diálogo con El Interactivo, el punto central del debate:

"La multa no es por amamantar, no es por el acto de amamantar. La multa es porque el niño no puede ir adelante. La ley de tránsito —tanto provincial como nacional— establece que los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero y con un sistema de retención infantil. Eso es por seguridad", explicó.

Herrera remarcó que el procedimiento del agente fue correcto desde el punto de vista legal:

"La multa es bien labrada. El padre decía que era por amamantar, que es un acto natural, pero el conductor debe detenerse en una estación de servicio o en una banquina segura para hacerlo. La norma se incumplió al llevar al bebé adelante".

No obstante, el abogado reconoció que existe un debate paralelo sobre el criterio y las formas de aplicación de las sanciones:

"Es cierto que hay muchas quejas sobre la Caminera en Córdoba. Algunos consideran que las multas tienen un fin recaudador y no preventivo. Eso ya depende de cada provincia: algunas optan por advertir, otras directamente multan".

Finalmente, Herrera subrayó la importancia de la información y la prevención para evitar situaciones similares:

"Este padre contó que en otra ocasión un policía le había advertido lo mismo sin multarlo. Entonces ya había sido informado. Hay que conocer los requisitos para circular, porque más allá del debate, la ley está clara".