El Juzgado de Familia de Trelew dictó un fallo inédito al autorizar a una mujer a continuar un tratamiento de fertilización asistida utilizando embriones criopreservados de su esposo fallecido. La pareja había iniciado el proceso conjunto antes del deceso del hombre.
La Justicia basó su decisión en el concepto de "proyecto monoparental", priorizando el derecho a la planificación familiar y la voluntad procreacional que el esposo había expresado en vida.
Este caso sienta un precedente histórico para el derecho reproductivo argentino. Abre la puerta para que más personas en situaciones similares puedan avanzar con sus proyectos familiares frente a los vacíos legales actuales.