Por Ciudadano.News
2 Octubre de 2024 - 15:17
El avance tecnológico ha facilitado la comunicación y el acceso a la información, pero también ha generado preocupaciones sobre la privacidad y la seguridad en las relaciones personales.
En nuestro teléfono móvil está registrada prácticamente toda nuestra vida, ya que almacenamos las páginas que visitamos, las conversaciones que tenemos con amigos o familiares, las fotos que hacemos, lo que vemos en Internet.
En las relaciones sentimentales, la confianza y la comunicación son fundamentales. Sin embargo, algunas personas pueden sentir la necesidad de espiar a su pareja para asegurarse de su fidelidad o por celos.
También es probable que se acceda al móvil para mirar fotografías o videos, además de querer buscar algún tipo de información valiosa que quizás la otra persona oculta.

Por eso algunas personas consideran que es algo normal husmear la intimidad de otra persona si creen que los está engañando, pero lo único que está haciendo es fomentar la desconfianza de la relación y eso puede llegar a causar consecuencias desastrosas, como peleas e insultos o hasta un mal comportamiento.
Pero esa acción, a todas vistas detestable, nunca se debe hacer. Y ahora explicamos por qué.
Una acción pasible de pena
Este comportamiento puede ser perjudicial para la relación y, en algunos casos, ilegal.
En América Latina, por ejemplo, y aunque las normas varíen en algunos aspectos, el espionaje en teléfonos de parejas es un tema controvertido que ha generado debates y preocupaciones legales, como ocurre también en el resto del mundo.
En la Argentina, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales (aprobada en 2000) prohíbe la recopilación y uso de datos personales sin consentimiento, mientras que el Código Penal, en su artículo 153, castiga el espionaje y la violación de la privacidad con penas de 1 a 3 años de prisión.
En el caso de Brasil, la Ley 12.965 (promulgada en 2014), regula la recopilación y uso de datos personales, y el Código Penal castiga el espionaje y la violación de la privacidad con penas de 1 a 4 años de prisión, según lo determina el artículo 153.

En Chile, en tanto, la ley 19.628, que data de 1999, le pone un freno a la recopilación y uso de datos personales indebidos, mientras que el Código Penal determina que el artículo 216 es la norma que castiga el espionaje y la violación de la privacidad con penas de 1 a 3 años de prisión.
También Colombia, México, Perú, entre otros países de la región, se encargaron de dictar normativas que castigan con cárcel el hecho de meterse en un celular ajeno.
Y hay otros perjuicios...
En todos los casos, la actitud de espiar los aparatos para enterarse de asuntos privados tiene consecuencias legales, y en el caso de que las afectadas sean las parejas, puede incluir multas y penas de prisión, además de daños y perjuicios civiles, sin contar con la pérdida de la confianza y de la relación sentimental.
Por todo lo dicho, y aunque parezca innecesario tener que recordarlo, nadie puede acceder a las redes de su pareja sin su consentimiento ni podrá leer sus conversaciones de aplicaciones de mensajería ni consultar su historial del celular.
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