Inmunidad parlamentaria

Rechazaron una demanda contra Elisa Carrió por descalificar a Aníbal Fernández

La resolución de la Justicia se demoró 12 años y se le cargaron los gastos al demandante

Redacción

Por Redacción

11 Septiembre de 2024 - 21:16

Elisa Carrió / — Foto Archivo

La Justicia le dio la razón a la exdiputada Elisa Carrió después de 12 años de litigio en el que fue acusada por el ex ministro Aníbal Fernández. La líder de la Coalición Cívica había manifestado que el dirigente peronista "estaba ligado a las mafias del narcotráfico".

Como era de esperar el ex jefe de Gabinete la acusó penalmente pero al final del proceso se le reconoció a Carrió la inmunidad que proteje a los legisladores de no ser perseguidos, interrogados ni molestados por lo que digan en la función de su cargo legislativo.

La exdiputada había dicho mientras ejercía su cargo electivo: Carrió, mientras era diputada nacional, había aludido al entonces ministro con frases "como el poder trafica en la Argentina", "Aníbal Fernández se encuentra ligado con las mafias del narcotráfico", "grupos mafiosos ligados al narcotráfico solventan los gastos de los partidos políticos en la provincia de Buenos Aires" y "financiaron la campaña presidencial del actual gobierno".

Por su parte la jueza la jueza en lo Civil Pilar Rebaudi Basavilbaso, del juzgado número 79, que decidió rechazar la demanda de Fernández y le impuso el pago de las costas del proceso.

 

Aníbal Fernández

Elisa Carrió había sostenido que de acuerdo a la Constitución Nacional en su artículo 68 sus dichos constituían una opinión y por lo tanto no podía ser acusada.

En su resoluciónla magistrada había manifestado: La jueza dijo que la inmunidad parlamentaria tiene fundamentos históricos y que es un "atributo inseparable de la función representativa política". Advirtió que es "una inmunidad funcional", y no el intento de establecer impunidad o privilegios personales. Su función es contrarrestar "los efectos deplorables que rompen el equilibrio político".

Rebaudi continuó en losconsiderandos de su fallo: "Esta inmunidad parlamentaria es de "carácter absoluto". Dijo que "esta inmunidad debe interpretarse en el sentido más amplio y absoluto porqué, si hubiera un medio de burlarla impunemente, él se aplicaría con frecuencia por los que intentasen coartar la libertad de los legisladores dejando anulado su privilegio y frustrada la Constitución en una de sus más sustanciales disposiciones y el privilegio habría sido ilusorio".