|15/04/24 08:46 AM

La ONG Memoria Activa y el CELS criticaron el fallo de Casación sobre la AMIA

A 30 años del atentado, la sentencia definió la absolución de los acusados por encubrir la llamada “pista siria”

Por Redacción

15 de abril, 2024 - 08:50

La agrupación de víctimas de la AMIA Memoria Activa y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) cuestionaron el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal sobre el atentado contra la mutual judía el 18 de julio de 1994 y calificaron de “grave retroceso” la absolución de los imputados por encubrir la denominada “pista siria”.

“La impunidad en el caso AMIA no es una fatalidad del destino ni sucedió espontáneamente, como algunos jueces, políticos, dirigentes comunitarios y medios pretenden instalar”, afirmaron las organizaciones.

“A contracorriente y en soledad, hemos logrado demostrar que esa impunidad se construyó de forma deliberada desde las más altas esferas del Estado argentino”, añadieron, al anunciar que el fallo será apelado ante la Corte Suprema.

Memoria Activa y el CELS cuestionaron el capítulo del fallo que, con la disidencia de la camarista Ángela Ledesma, afirmó que no quedó probado el encubrimiento de la denominada “pista siria”, que conducía a un empresario cercano al expresidente Carlos Menem.

“De manera arbitraria, los jueces Carlos Mahíques y Diego Barroetaveña resolvieron la absolución de todos los involucrados en la pista. Es este, sin dudas, un grave retroceso en la causa y en el camino para lograr verdad y justicia”, enfatizaron.

El principal cuestionamiento apuntó al juez Mahíques, quien “pretendió instalar que el atentado ya está resuelto, y que Irán y la organización Hezbollah son los responsables, cuando no hubo condena judicial alguna contra ellos”.

“Esta hipótesis no es novedosa y no debe ser descartada. Sin embargo, fue precisamente el accionar delictivo de los encubridores el que impidió que la información de inteligencia en la que se sustenta esa acusación sea confirmada con prueba judicial suficiente para una condena penal”, insistieron.

Para Memoria Activa y el CELS, “ese mismo accionar encubridor explica que los dos juicios en los que se intentó determinar la responsabilidad de la supuesta ‘conexión local’ del atentado terminaran en absoluciones”.

El fallo

Este jueves, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal atribuyó el ataque, ocurrido en 1994, a la República Islámica de Irán. En consecuencia, declararon a la nación persa como un “Estado terrorista” y ejecutor de un crimen de lesa humanidad, por lo tanto, podrá ser judicializado en cualquier país del mundo y reviste la categoría de delito imprescriptible.

Para lograr la determinación, la cámara interviniente, contó con el pronunciamiento del juez Carlos Mahiques, junto a sus colegas Diego Barroetaveña y Ángela Ledesma, quien votó en disidencia.

Mediante una serie de pericias y análisis de testimonios, más las investigaciones precedentes, los camaristas determinaron que tanto el atentado contra la embajada de Israel, en marzo de 1992, como el de la AMIA se produjeron a raíz de una decisión política y militar del régimen persa. La ejecución de los atentados fue a través de la organización terrorista de origen libanés Hezbolláh.

En este contexto, el documento emitido por la instancia federal aclara que dicho grupo “actuó bajo la inspiración, organización, planificación y financiamiento de organismos estatales y paraestatales subordinados al Gobierno”, en referencia a Irán.

El fallo, también, resalta que se cometió un delito de lesa humanidad, por lo cual, se aplica el principio de “jurisdicción universal”. En consecuencia, cualquier Estado puede enjuiciar y condenar penalmente a los autores intelectuales y ejecutorios del hecho en cuestión.

Con información de Noticias Argentinas