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AFIP actualizó el valor para las transferencias que requieran CETA

Según informaron, desde el 1° de mayo, las personas que transfieran autos y motos usadas deberán confeccionar el CETA cuando la operación supere los $2.400.000

Por Redacción

25 de abril, 2022 - 16:36

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó este lunes 25 de abril que actualizó el valor a partir del cual es obligatorio emitir el Certificado de Transferencia del Automotor (CETA) para la compraventa de los vehículos usados.

¿A partir de cuándo rige la nueva medida?

Según informaron desde el 1° de mayo, las personas que transfieran autos y motos usadas deberán confeccionar el CETA cuando la operación supere los $2.400.000.

¿Qué es el CETA?

Es un Certificado que deben solicitar las personas humanas, las sucesiones indivisas y personas jurídicas, del país o residentes en el exterior, con relación a la transferencia de automotores y motovehículos usados radicados en el país

En el CETA debe consignarse el dominio, marca, modelo y fábrica del tipo de vehículo que se transfiere como así también la identificación del vendedor y el porcentaje de titularidad, así como los datos del comprador.

El mismo, se tramita en forma gratuita a través del sitio web de la AFIP con o sin clave fiscal. La actualización de los valores está prevista en la Resolución General N°5187 y debe cumplirse cuando el precio pactado para la transferencia o el valor de la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios sea igual o superior a $2.400.000.

A partir de entonces, dejará de tener el valor anterior, vigente desde 2019, que era de $800.000.