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Alquileres: los contratos tras la entrada en vigencia del DNU

El decreto derogó la polémica Ley de Alquileres

Por Redacción

08 de enero, 2024 - 21:48

El Decreto de Necesidad y Urgencia referente a la desregulación de la economía derogó la Ley de Alquileres y estableció un nuevo panorama para inquilinos y propietarios, ya que establece que el contrato de alquiler se puede realizar en cualquier moneda (por ejemplo, en dólares), por cualquier plazo y que las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres.

En ese sentido, la norma oficial explicó que "será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres".

La entrada en vigor del decreto generó reacciones contrapuestas entre inquilinos e inmobiliarias. 

 

Por el lado de los primeros, la agrupación que representa los intereses de los particulares que buscan alquilar, se manifestó en contra y presentó una acción de nulidad junto con una cautelar para dejar sin efecto el DNU. En tanto que desde el sector inmobiliario se mostraron a favor de la medida y aseguran que en los últimos días la oferta de inmuebles en alquiler comenzó a crecer.

Un aspecto importante para aclarar es que los contratos firmados antes del 29 de diciembre siguen estando bajo el régimen de la mencionada ley, mientras que los firmados posteriormente serán bajo el nuevo DNU hasta que la Justicia o el Ejecutivo dispongan lo contrario.

Con la derogación de la ley y la libertad para negociar, se está observando diversidad en los contratos, con diferencia en los plazos y las formuladas empleadas para establecer las actualizaciones, según relevó el portal iProfesional, que informa que actualmente “el 50% de los contratos se está firmando a un año y el otro 50% a dos años". 

En cuanto a la actualización del contrato, algunos propietarios piden un aumento trimestral, algunos me han pedido cuatrimestral, y el relevamiento reflejó que el índice que se utiliza para actualizar el valor del alquiler es el IPC del INDEC. 

Así lo explicó al portal web Jorge Toselli, de JT Inmobiliaria: "la tendencia de los nuevos contratos parecerían ser por 24 meses, con un ajuste semestral según la variación del IPC del INDEC para ese período" y “no creo que, en el caso de los alquileres tradicionales, se pacten en dólares. Eso va a quedar para los temporarios o quizá los inmuebles de mayor calidad".

Indican que se está normalizando que el ajuste sea semestral y que sea por el ICL (Índice de Contratos de Locación), contemplado por el BCRA, o por el IPC, y se está yendo hacia ajustar por inflación, como segunda alternativa el ICL y, como tercera, los sueldos.

 

Requisitos para alquilar

Los requisitos para el inquilino con los nuevos contratos de alquiler basados en el DNU son un recibo de sueldo en blanco y garantía propietaria o un seguro de caución. Además, al momento de ingresar en un departamento, se debe pagar un mes adelantado más otro de depósito.