Por María Emilia Iglesias
29 Octubre de 2025 - 18:49
El eterno conflicto con el vecino por ruidos, olores o el árbol que amenaza con invadir su propiedad tiene un punto clave de resolución en la legislación argentina. No importa si vive en un departamento, una casa o una finca, como tampoco si alquila o es propietario: existe una herramienta legal que define hasta dónde llega la incomodidad permitida.
El abogado Juan Bautista Torres López habló con Acceso Directo, de Ciudadano news, y explicó que la clave para resolver estos problemas se encuentra en el concepto de "normal tolerancia", definido por el Código Civil y Comercial de la Nación.
La "normal tolerancia": la frontera de la convivencia
El concepto de normal tolerancia es, a la vez, complejo y central. En términos sencillos, el límite legal se cruza cuando las molestias de un vecino exceden lo que una persona promedio debería soportar en su vida diaria.
"La normal tolerancia para vos no va a ser la normal tolerancia para mí. Tal vez yo tengo un umbral de tolerancia inferior, y esto puede llegar a presentar una complicación", explicó Torres López.
Sin embargo, cuando se supera esa frontera, el vecino afectado tiene derecho a reclamar. El abogado señala que la ley busca, en primer orden, que se intente resolver la situación sin llegar a un estado irreversible, como puede ser un daño ya cometido.
El problema de las ramas y raíces: ¿puedo cortar el árbol de mi vecino?
Los daños causados por elementos que provienen de la propiedad contigua, como árboles o arbustos, son una de las consultas más frecuentes. Ramas tan frondosas que golpean la propiedad o raíces que comienzan a romper cimientos son los casos típicos.
Según el especialista, lo primero que debe hacer el damnificado es requerirle al dueño del árbol que retire lo que está causando la molestia. En caso de que el problema persista y ya haya causado un daño, la ley es lógica y tiene previsto qué hacer:
- Remoción del agente de daño: la primera acción es remover la causa del problema (las ramas o las raíces invasoras).
- Reparación e indemnización: en última instancia, si se comprueban los daños, el juez puede ordenar al dueño del árbol que se haga cargo de las consecuencias, incluyendo la reparación o la eventual indemnización que corresponda.
"Eventualmente el vecino damnificado podría llegar a removerlo por sí. El juez puede ordenar que el damnificado corte esas ramas", afirma el abogado. No interesa si el propietario tuvo o no intención de dañar, solo interesa el hecho concreto de que el árbol esté generando una molestia o daño.

Ruidos, olores y humos: ¿qué son las "inmisiones" y cómo reclamar?
La misma previsión sobre la normal tolerancia que aplica a los árboles, rige para las llamadas "inmisiones". Este es el término legal con el que el Código Civil y Comercial denomina a una serie de situaciones que afectan la convivencia, como las siguientes:
- Ruidos molestos (música alta, ladridos de perro constantes).
- Olores molestos (por acumulación de basura o actividad).
- Emisiones de humo (parrillas mal ubicadas, chimeneas, tabaco).
- Temperaturas molestas (calor excesivo proveniente de una cocina contigua).
En el caso de ruidos repetitivos, si no hay predisposición al diálogo, una persona puede llegar a recurrir a las autoridades. El proceso puede escalar a un juicio que implicaría la medición de decibeles (en el caso de ruidos), donde un perito determinará si se excedió la normal tolerancia permitida por la legislación local.
Paso a paso: el camino para resolver el conflicto sin ir a juicio
Torres López recomienda evitar la vía judicial por los altos costos de tiempo y dinero, además del inevitable desgaste en la relación vecinal.
El mejor camino para encaminar un reclamo es el diálogo: "Habría que ir y tocarle el timbre de la puerta al vecino y decirle: 'Mirá, tu árbol está empezando a ocupar parte de mi terreno y tendría derecho a vivir sin esas ramas'".
Si el diálogo fracasa, existen recursos intermedios:
- Reglamento de convivencia: en edificios o barrios privados, el primer paso es revisar si las normas internas (reglamento de copropiedad o códigos de convivencia) contemplan la situación (basura, mascotas, etc.) y aplicarlas.
- Mediación comunitaria: muchas provincias o municipios tienen oficinas de mediación comunitaria dispuestas a interceder entre las partes para resolver la controversia de forma amistosa y sin llegar al extremo de una demanda judicial.
La conclusión del experto es clara: la ley está del lado del damnificado si se comprueba la afectación, pero la solución más efectiva es siempre la preventiva y dialogada.
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