El Gobierno nacional formalizó un cambio histórico en la política de salud pública y comercio al publicar la Resolución 549/2026 en el Boletín Oficial.
A través de este nuevo marco normativo, se levantó la prohibición vigente sobre la comercialización de vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina, estableciendo en su lugar un régimen de control estricto que busca erradicar el mercado informal y garantizar la trazabilidad total de los insumos que circulan en el país.
Un mercado regulado y bajo vigilancia estatal
La medida coordinada entre el Ministerio de Salud y la ANMAT pone fin a años de un esquema prohibitivo que, lejos de reducir el consumo, había fomentado un circuito de contrabando sin fiscalización. Bajo la nueva normativa, será obligatorio el registro de fabricantes y comerciantes, quienes deberán declarar la composición detallada de cada artículo.
Un punto central del decreto es la prohibición total de saborizantes en los dispositivos electrónicos, una estrategia diseñada específicamente para desincentivar el inicio del consumo en adolescentes y jóvenes.
Fuentes oficiales destacaron que la regulación no implica una liberalización absoluta, sino un paso necesario hacia la formalización. Los productos ahora deberán tributar impuestos y cumplir con estándares de calidad internacionales para evitar la presencia de sustancias tóxicas no declaradas.
Asimismo, la medida busca proteger a los no fumadores al regular los espacios de uso y reducir la exposición pasiva. No obstante, expertos médicos advierten que la nicotina sigue siendo una toxina cardiovascular, por lo que el Estado mantendrá una vigilancia activa sobre los efectos sanitarios.
Con este esquema, se espera que el monopolio del mercado negro sea reemplazado por un sistema transparente bajo control público.