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¿Querés tramitar la Ciudadanía Española? Apurate porque la Ley de Nietos tiene fecha de caducidad

La norma, que posibilitó hasta el momento a 7.119 argentinos obtener el pasaporte español, está por quedar sin vigencia.

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Por Ciudadano.News

24 Septiembre de 2024 - 07:36

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La demanda en el Consulado de España en Buenos Aires no hace más que incrementar, con más 80 solicitudes diarias. Y no es por un motivo aislado: es que la Ley de Nietos, que entró en vigor en España en el 2022, está ya en su tramo final.

Ley de Nietos

La Ley de Nietos fue aprobada para restaurar la cadena de transmisión de la nacionalidad española, interrumpida por la Guerra Civil y la dictadura franquista. Hijos y nietos de españoles están habilitados para realizar el trámite, aunque el proceso puede tardar hasta seis meses.

Desde la implementación de la ley, más de 300.000 argentinos iniciaron el proceso, según datos del Consulado General de España. Hasta el momento, son 7.119 los trámites finalizados y los ciudadanos argentinos con pasaporte español.

¿Quiénes pueden aplicar a la ciudadanía española?

Las personas que pueden presentarse para aplicar a la ciudadanía española en Argentina son las siguientes:

  • Supuesto 1A: Los nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela sean o hayan sido originariamente españoles.
  • Supuesto 1B: Los nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad española por causa del exilio.
  • Supuesto 2: Los nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Supuesto 3: Los hijos e hijas de quienes optaron a la nacionalidad española en virtud de la Ley de la Memoria Histórica 52/2007 o en virtud de esta Ley de Nietos.
  • Supuesto 4: Las personas que, siendo hijos/as de padre o madre originariamente español, puedan volverse de origen habiendo obtenido la nacionalidad a través del art. 20.1 a) y 20.1.b de C.c.

Documentación requerida

Los documentos que pedirán en el Consulado para la ciudadanía española son:

  • Documento que acredite la identidad del solicitante.
  • Certificación literal de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil local en que conste.
  • Certificación literal española de nacimiento del padre o de la madre de los solicitantes mayores de edad que opten a la nacionalidad española (para hijos de nacionalizados mediante la Ley de 2007 o la de 2022 en caso de presentarse ante un Registro Civil diferente al de los progenitores).
  • El acta de opción por la nacionalidad española.
  • Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
  • Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil del país de origen, legalizada y con apostilla de La Haya.
  • Acta de matrimonio o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
  • Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
  • Documento de identidad nacional del progenitor español.
  • Documento de identidad nacional del interesado.
  • En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo del trámite junto con la partida de nacimiento del adoptado.

Hasta cuándo estará vigente la Ley de Nietos

La ley estará vigente hasta octubre de 2025, por lo que los interesados tienen un margen limitado para completar el trámite.

Con información de BAE