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Mendoza en DISPO: ¿pueden volver las reuniones familiares?

El Gobierno Nacional emitió el pasado domingo el decreto 677 / 2020 donde reglamentó la nueva etapa de la cuarentena en todo el país

17 de agosto, 2020 - 09:46
 

 

La provincia de Mendoza y todos los departamentos que la componen seguirán dentro del régimen de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) en medio de la cuarentena por la pandemia de coronavirus.

Así lo estableció en decreto número 677/ 2020 que lleva la firma del presidente de la Nación Alberto Fernández y de los ministros que integran el gabinete nacional en esta normativa que fuera publicada el pasado domingo se prorrogaron las medidas de restricción en los diferentes distritos.

Según lo expresado en el apartado resolutorio del decreto, "todos los departamentos de la provincia de Mendoza" continuarán dentro del DISPO. De esta manera se despejan las dudas que se habían generado luego de los anuncios del mismo Alberto Fernández durante la conferencia del viernes en donde a parte de Mendoza se la veía en un mapa en color rojo y se abrían las posibilidades de volver a una fase anterior.

La imagen de la polémica.

Otro dato que está dentro de los considerandos del decreto indican que "la provincia de Mendoza continúa con transmisión importante del virus en la región Metropolitana de Mendoza y Gran Mendoza". En ese mismo párrafo también se indica que el tiempo de duplicación de casos registrados hasta el 10 de agosto era de 12,1 días.

 

Actividades prohibidas en DISPO

El artículo 9 de las resoluciones del decreto dan detalles de las actividades que están prohibidas durante el distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO), entre ellas se encuentran:

  • La realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos con concurrencia mayor a 10 personas
  • También quedaron prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes
  • Además, se indica que está prohibida la práctica de cualquier deporte donde participan más de 10 personas
  • Seguirán cerrados los cines, teatros, clubes y centros culturales
  • El servicio público de transporte de pasajeros será para los casos o personas que están en servicios esenciales acentuados

 

¿Y las reuniones familiares en Mendoza?

Aunque fuentes consultadas del Gobierno de Mendoza casi descartan la vuelta a la habilitación de reuniones familiares, el decreto deja una puerta abierta en sus considerandos.

Según la norma que lleva la firma del presidente de la Nación: "el Jefe de Gabinete de Ministros, a pedido de los gobernadores/as, podrá autorizar la realización de reuniones sociales o familiares en los lugares alcanzados por la medida de DISPO, según la evaluación de riesgo epidemiológico y sanitario del lugar".

Suarez será el encargado de decidir lo que pase en Mendoza.

Esto le daría la posibilidad a que Rodolfo Suárez eleve un pedido a Santiago Cafiero para que en Mendoza, o partes de la provincia, se pueda volver a las reuniones familiares reglamentadas como en una etapa anterior.

 

Distritos con DISPO

Según el decreto, los distritos que continúan bajo el sistema de distanciamiento social son:

  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE CATAMARCA
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DEL CHACO
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DEL CHUBUT
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE CÓRDOBA
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE CORRIENTES
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE FORMOSA
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE LA PAMPA
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE MENDOZA
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE MISIONES
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DEL NEUQUÉN
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE RÍO NEGRO
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE SAN JUAN
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE SAN LUIS
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE SANTA FE
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE TUCUMÁN
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE JUJUY, excepto los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen y San Pedro
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE LA RIOJA, excepto el de Capital y Chamical
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE SALTA, excepto el de General José de San Martin
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO, excepto los de Capital y Banda
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ, excepto el de Güer Aike
  • Todos los departamentos de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, excepto el de Río Grande
  • Todos los partidos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con excepción de los TREINTA Y CINCO (35) incluidos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), según lo establecido en el artículo 11 del presente decreto.

 

Distritos en ASPO

Los lugares alcanzados por el sistema de aislamiento social, preventivo y obligatorio son:

  • CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los siguientes TREINTA Y CINCO (35) partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.
  • Los Departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen y San Pedro de la PROVINCIA DE JUJUY
  • El Departamento de Güer Aike de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ
  • El Departamento de Río Grande de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
  • Los departamentos de Capital y Chamical, de la PROVINCIA DE LA RIOJA
  • El departamento de General José de San Martin de la PROVINCIA DE SALTA
  • Los departamentos de Capital y Banda de la PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO