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Derecho constitucional

Tensión institucional: Qué pasa si el Ejecutivo quiere retirar el pliego de un juez en el Senado

El abogado constitucionalista Félix Lonigro analiza los límites del Poder Ejecutivo y el Senado ante el eventual arrepentimiento del Presidente sobre la postulación de un magistrado.

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Por Ciudadano.News

4 Junio de 2026 - 12:00

El debate sobre la designación de magistrados federales sumó un nuevo capítulo en materia de derecho constitucional al plantearse si el Presidente de la Nación conserva la facultad de dar marcha atrás y retirar el pliego de un candidato que ya se encuentra bajo tratamiento de la Cámara Alta. El proceso genera fuertes cruces debido al impacto político que implica la conformación de los tribunales.

Los límites que fija la Constitución Nacional

Para comprender el conflicto, el abogado constitucionalista Félix Lonigro aclaró el mecanismo de pesos y contrapesos que rige en el país. El nombramiento de un juez es un acto complejo que se divide en tres etapas consecutivas: la selección de una terna por parte del Consejo de la Magistratura, la posterior elección de un candidato por el Presidente de la Nación, y el acuerdo del Senado de la Nación. El problema surge cuando el jefe de Estado pretende frenar un nombramiento ya enviado al Congreso.

Según Lonigro, una vez que el Ejecutivo eleva formalmente el pliego y la Comisión de Acuerdos del Senado emite un dictamen, la decisión pasa a la esfera de competencia exclusiva del Poder Legislativo. El acto administrativo del mandatario ya se inició y se desdobló. Por lo tanto, el Presidente no puede retirar el pliego de forma unilateral porque el asunto ya está bajo la órbita de los senadores. El cuerpo legislativo debe resolver en el recinto si otorga o no el acuerdo correspondiente con mayoría simple. Recién después de este paso, el Ejecutivo recupera la facultad para emitir el decreto definitivo de nombramiento, completando el circuito institucional.