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Atención: qué cosas están permitidas en la veda electoral

Arranca el viernes 17 de noviembre y finaliza el domingo 19, a las 21. ¿Qué sucede con aquellos que violan este período de tiempo si realizan actividades prohibidas?

Por Redacción

16 de noviembre, 2023 - 09:38

Argentina vuelve a votar presidente este domingo, en una fecha marcada por el balotaje que enfrentará a Sergio Massa y Javier Milei, como principales referentes de Unión por la Patria y La Libertad Avanza, respectivamente. Por este motivo, conviene saber qué se puede hacer y qué no durante la veda electoral, que comienza este mismo viernes.

El concepto de veda electoral comprende un lapso de tiempo en el que están prohibidas las actividades proselitistas y de difusión partidaria. Esto se dispone para garantizar la igualdad de condiciones, y un 'silencio' electoral que permita, en su significado amplio, que los ciudadanos puedan reflexionar acerca de cuál es la fuerza política o partido que más se ajusta a sus intereses íntimos.

Este tiempo previo al acto eleccionario comienza 48 horas antes de la apertura de los centros de votación. En este sentido, para el caso del balotaje 2023, la veda comienza el viernes 17 de noviembre a las 8 de la mañana, y finaliza tres horas después del cierre de los centros de votación, es decir, el domingo 19 de noviembre a las 21, según detalla Noticias Argentinas.

Prohibiciones y castigos

Este lapso de tiempo, que en total son 61 horas, comprende ciertas limitaciones comerciales, sociales y personales. El detalle de las prohibiciones de la veda es el siguiente:

-Actos públicos de proselitismo: esto incluye actos políticos, mítines, concentraciones, desfiles, etcétera.

-Portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos: incluye portar armas de fuego, portar banderas, divisas u otros distintivos de partidos políticos.

-Publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc.

-Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc., sobre el resultado de la elección.

-Ofrecer o entregar boletas de sufragio: esto incluye ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores, a los miembros de mesas receptoras de votos o a los funcionarios electorales.

-Abrir organismos partidarios: esto incluye abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de los centros de votación.

En relación con las sanciones económicas, los electores pueden sufrir multas entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.

Las personas que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas elecciones 2023 pueden recibir una pena de dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.

Video: Clarín