Por Ciudadano.News
27 Noviembre de 2022 - 21:02
Una adolescente de 17 años que se encuentra en conflicto con su mamá, por lo que la Justicia federal le reconoció su derecho y podrá ser beneficiaria de su propia Asignación Universal por Hijo (AUH), tal como solicitó. El fallo, que sienta un importante antecedente jurisprudencial, se basó en los principios de la autonomía progresiva y del interés superior de la menor.Según informó la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que la patrocinó a la menor, el juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7 hizo lugar a una medida cautelar solicitada por una chica de 17 años iniciada con el objeto de ordenarle a la Anses que autorice el cambio de titularidad de la AUH a su favor, para comenzar a cobrar personalmente y así garantizar sus derechos.Luego de que Anses, rechazara el cambio de titularidad en sede administrativa, se realizó la petición a la Justicia, basándose tanto en el principio de “la autonomía progresiva de la adolescente” como en la particular situación de vida de la peticionante, caracterizada por la “vulnerabilidad”, ya que “se encuentra distanciada de su familia y no accede a ningún ingreso para asegurar su derecho a una alimentación, a la educación, a un nivel de vida adecuado, entre otros”.
Además, "resulta inaceptable que un organismo público sostenga que una joven que asiste a la escuela debe salir a trabajar, más aún cuando el Ministerio de Educación, afirma que el desarrollo de actividades productivas en la adolescencia está fuertemente asociado al abandono escolar", compartieron desde la cuenta de Twitter de ACIJ.
Desde ACIJ, manifestaron en un comunicado que "la resolución representa un valioso precedente que reconoce la titularidad del derecho a la protección social, la autonomía progresiva de las y los adolescentes para cobrar y administrar una prestación básica y rompe con la lógica adultocéntrica que caracteriza a las políticas de transferencias de ingresos”.
Por su parte, “la resolución representa un valioso precedente que reconoce la titularidad del derecho a la protección social, la autonomía progresiva de las y los adolescentes para cobrar y administrar una prestación básica y rompe con la lógica adultocéntrica que caracteriza a las políticas de transferencias de ingresos”.
Ante este fallo inédito, desde la organización consideraron que "contempla los estándares internacionales sobre los derechos de las y los adolescentes, a quienes la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce el deber del Estado de brindarles una protección especial y reforzada”, al tiempo que establece que “el análisis y resolución del caso debe basarse sobre la autonomía progresiva de las y los adolescentes para ejercer sus derechos en consonancia con la evolución de sus facultades”.
El fallo
Al momento de fallar a favor de la menor, en la resolución, el juez sostuvo que “al comprobarse la inexistencia del vínculo entre la actora –beneficiaria de la AUH– y la madre –titular de la AUH– hace que el actuar de la accionada, prima facie, resulte desproporcionado y contrario al interés superior de la adolescente, ya que (…) limita intensamente el ejercicio del derecho a educarse y desarrollar un plan de vida adecuado y, en consecuencia, soslaya la finalidad de creación de la AUH”.“En síntesis, la resolución cautelar implica un importante antecedente jurisprudencial para otras personas de 16 y 17 años que se encuentren en una situación similar, y que requieran, sobre la base de su edad y grado de madurez, administrar los ingresos necesarios para asegurar su alimentación, educación, así como el desarrollo de un proyecto de vida y el disfrute de un nivel de vida adecuado”, concluye el comunicado de ACIJ.
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