Por Ciudadano.News
6 Noviembre de 2020 - 09:53
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la autorización para que retorne la presencialidad en la educación universitaria en el territorio argentino.
"Establécese que en el marco del protocolo y lineamientos generales para el retorno de las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios", dice la Decisión administrativa 1995/2020 que lleva la firma del Jefe de Gabinete Santiago Cafiero.
Para poder volver a las clases, se deberá cumplir con los estrictos protocolos impuestos en el marco de la pandemia de coronavirus. Además se estableció que los alumnos, docentes, no docentes y personal directivo podrán usar el servicio de transporte público.
En el artículo 6 se informa que "El personal directivo, docente y no docente y los y las estudiantes que asistan a las actividades académicas presenciales que se hubieren reanudado, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto".
Además se aclara que "la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de CABA, según corresponda, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica".
Sobre esto, el ministro de Educación de la Nación Nicolás Trotta aseguró durante la última reunión del Consejo Federal de Educación que "Nos une el desafío de poder dar una respuesta mancomunada y transmitir certezas de cara a la sociedad y transitar un camino común que respete las diversas realidades de cada una de las jurisdicciones".
Los distritos que decidan el regreso de estas actividades deberán garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19.
También se indica que los Institutos Universitarios y Universidades deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras, trabajadores y estudiantes.
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