Por Ciudadano.News
16 Septiembre de 2020 - 10:42
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la comercialización en toda la Argentina de un aceite de girasol, a través de una normativa publicada en el Boletín Oficial.
Mediante la disposición 6901/2020 el organismo prohibición el Aceite de girasol marca Finca Tío Alberto, RNPA Nº 01043058, Producido y Fraccionado por RNE Nº 4011-15979/07, por carecer de autorización de establecimiento y estar falsamente rotulado al consignar un número de RNE inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”. Esta marca se suele ofrecer en sitios de comercio electrónico o por Internet.
Por lo tanto, se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA).
Como el artículo no tiene registro, "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad", sostuvo la entidad.
La investigación se inició después de recibir una notificación en la Provincia de Buenos Aires por irregularidades en un envase de 3,5 litros. Ante ello, se señaló que “el Departamento de Bromatología de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón informa que el producto investigado carece del etiquetado nutricional reglamentario, de los datos de la razón social y el domicilio del elaborador”.
Tras la primera advertencia, se emitió un alerta para recomendar a quienes hubieran comprado el producto “que se abstenga de consumirlo”. Además, se pidió a todo expendedor que contara con el producto entre su stock que “se abstenga de comercializarlo” y que se comunique a la autoridad sanitaria.
De esta manera, el SENASA recordó que esta marca de aceite de girasol ya había sido investigada por irregularidades en otra presentación del producto. En aquella oportunidad, el organismo realizó análisis al contenido de una botella de 1,5 litros, por “presentar las características organolépticas no compatibles con un aceite de girasol”.
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