Inédito

Polémico fallo judicial obliga a Edenor a incluir la cuota alimentaria en la factura eléctrica

La Justicia porteña ordena a la empresa distribuidora cobrar una cuota alimentaria en la boleta de luz.

Redacción

Por Redacción

10 Agosto de 2024 - 13:14

Cuota alimentaria en la boleta de luz — .

La jueza Victoria Famá, titular del Juzgado Civil Nº 92 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ordenó a la empresa distribuidora de energía eléctrica Edenor a incluir en la factura mensual del servicio un monto adicional de 80.000 pesos en concepto de cuota alimentaria. Este monto deberá ser cobrado a un deudor alimentario calificado en el expediente como "recalcitrante" debido a sus reiterados incumplimientos en el pago de la manutención de su hijo.

La resolución, que data de noviembre de 2023, pero fue conocida recientemente a través del portal especializado elDial, establece que Edenor debe depositar las sumas percibidas en la cuenta judicial del Banco Nación, sucursal Tribunales, específicamente habilitada para tal fin.

Asimismo, la jueza determinó que el medidor de electricidad registrado a nombre del demandado no podrá ser dado de baja sin autorización judicial, buscando así asegurar el cumplimiento de los derechos del menor involucrado.

Qué dice el fallo

"Conforme lo pedido, atento el estado de autos, advirtiendo las múltiples intimaciones efectuadas y medidas ordenadas, sin que a la fecha el demandado haya dado cumplimiento al pago de los Alimentos provisorios fijados, siendo, por lo tanto, un deudor recalcitrante, ofíciese a la empresa distribuidora de energía local EDENOR S.A. a efectos de que agregue en la liquidación mensual del medidor que corresponda al demandado A. A. F. el monto de cuota alimentaria provisoria fijada de pesos OCHENTA MIL ($ 80.000) y una vez percibido el mismo, deposite las sumas respectivas en la cuenta judicial del Banco NACIÓN, sucursal tribunales abierta en el expediente principal a tal efecto, N°91, CBU. Se le hace saber a la empresa EDENOR S.A. que, en caso de existir medidor a nombre del demandado, el mismo no podrá ser dado de baja sin autorización de este Juzgado (arts.195, 230, 232 y concs. del CPCC). Notifíquese"

Antecedentes 

La incorporación de costos adicionales en las facturas de servicios públicos no es un fenómeno nuevo en la Argentina, aunque habitualmente se restringe a cargos relacionados con el alumbrado, limpieza, o seguros de vida. En varios municipios del conurbano bonaerense, por ejemplo, es común que las boletas de electricidad incluyan tasas municipales o cuotas de otros servicios, dada la baja morosidad que suelen tener las facturas de energía.

Sin embargo, el caso actual presenta una novedad al tratarse de una obligación judicial para cobrar una cuota alimentaria, lo que podría abrir la puerta a nuevas interpretaciones y desafíos legales en el ámbito de la justicia y la regulación de servicios públicos.