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Venció el programa Compre sin IVA y el Gobierno no lo prorrogó

El 31 de diciembre finalizó el programa que reintegraba el Impuesto al Valor Agregado a los compradores con un tope de $18.800 mensuales

Por Redacción

01 de enero, 2024 - 10:34

Desde el 18 de septiembre hasta el 31 de diciembre, los argentinos recibieron el reintegro del 21% de sus compras de alimentos, gracias al programa Compre sin IVA impulsado por el exministro de Economía, Sergio Massa. El nuevo Gobierno no continuó con este sistema de reintegro y desde el 1 de enero del 2024 ya no se realizará la devolución de IVA para las compras con tarjeta de débito.

Hace un mes exactamente, luego de ganar el balotaje, el ahora presidente Javier Milei había dicho que lo iba a mantener. De hecho, en la media sanción que logró la propuesta de Massa en la Cámara de Diputados, el actual mandatario y la vicepresidenta, Victoria Villarruel, en ese momento diputados nacionales, votaron a favor de la iniciativa.

No obstante, hasta ahora, no ha habido ninguna novedad sobre la prórroga del programa, que terminó el 31 de diciembre.

¿Quiénes accedían a la devolución del IVA?

Además de los trabajadores informales que cobraron el Refuerzo o IFE de Anses, también accedieron a la devolución del IVA:

  • Jubilados, pensionados o titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) que no excedan de 6 haberes mínimos.
  • Titulares de la asignación universal por hijo (AUH), hasta 6 haberes mínimos.
  • Titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
  • Trabajadores en relación de dependencia, con un ingreso mensual de hasta 6 Salarios Mínimos Vital y móvil (SMVM). En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
  • Trabajadores de casas particulares.
  • Monotributistas

¿Cuál es el límite de devolución mensual de IVA?

Con Compre sin IVA se reembolsó la totalidad del IVA en los productos de la canasta básica, en las compras realizadas con tarjetas de débito en establecimientos minoristas o mayoristas, por un límite máximo de $18.800 por mes.

¿A qué productos aplicaba el reintegro del IVA?

La Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para un adulto incluye:

  • Pan.
  • Galletitas de agua.
  • Galletitas dulces.
  • Arroz.
  • Harina de trigo.
  • Otras harinas (maíz).
  • Fideos.
  • Papa.
  • Batata.
  • Azúcar.
  • Dulces: incluye dulce de batata, mermelada, dulce de leche.
  • Legumbres secas: lentejas y arvejas.
  • Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado.
  • Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera.
  • Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado.
  • Fiambres.
  • Huevos.
  • Leche.
  • Queso: queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar.
  • Yogur.
  • Manteca.
  • Aceite.
  • Bebidas no alcohólicas.
  • Bebidas alcohólicas.
  • Sal fina.
  • Condimentos.
  • Vinagre.
  • Café.
  • Yerba.

Con información de Ámbito