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Devolución del IVA: ya recibieron el reintegro más de 2,5 millones de personas

El programa Compre sin IVA rige por 90 días para productos de la canasta básica. El Estado devuelve el 21% del ticket. ¿Cómo aparece entre los últimos movimientos?

Por Redacción

22 de septiembre, 2023 - 07:46

En la tarde de este jueves, se comenzaron a hacer efectivos los reintegros del IVA para la compra de productos de la canasta básica realizados el lunes. Si bien se anunció que la devolución iba a producirse “48 horas después” de la compra, se atrasó 12 horas por cuestiones técnicas.

Más de 2,5 millones de personas ya recibieron la devolución del IVA. El programa rige por 90 días para productos de la canasta básica, aunque el Gobierno nacional prepara un proyecto de ley para enviarlo al Congreso.

El reintegro incluyó a trabajadores privados, monotributistas y jubilados, los cuales recibieron en su cuenta bancaria el reintegro total del 21% del impuesto por las compras con tarjeta de débito.

De acuerdo al desglose oficial que informó la AFIP, por compras el lunes 18 -primer día de implementación-, recibieron el reintegro 847.007 ciudadanos. Por compras del martes fueron alcanzados un total de 1.345.349 de personas, y por el miércoles, el número se ubicó en 379.495 beneficiarios, según detalló Ámbito.

Según informes de AFIP, alrededor de 20 millones de personas están habilitadas para acceder a este beneficio que, a priori, tendrá vigencia por 90 días, con un tope de reintegro de 18.800 pesos por persona por mes.

Dentro del listado de “últimos movimientos”, el reintegro aparece con la leyenda “Reintegro COMPRE SIN IVA” con el monto correspondiente y la fecha debajo.

Demoras en el reintegro

Pese a que más de 2,5 millones ya recibieron el reintegro, también hubo usuarios que reclamaron por las demoras en las devoluciones. Esto se debe principalmente a que los bancos están acomodando los sistemas. Según precisaron en el sector, las devoluciones "se van a acreditar a partir de este viernes".

El programa Compre sin IVA

El programa Compre sin IVA lanzado fue anunciado la semana pasada por Sergio Massa y alcanza a jubilados, monotributistas y trabajadores que perciban hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (unos 708.000 pesos), con el objetivo de compensar los efectos de la devaluación dispuesta por el Banco Central a exigencia del FMI, luego de las PASO.

Según dispuso Economía, los beneficiarios podrán recibir el total del IVA en aquellas compras de productos de la canasta básica que sean abonadas con tarjeta de débito. El monto máximo de devolución es de $18.800 pesos mensuales.

El beneficio aplica para compras en alimentos, carnes, frutas, verduras, lácteos, productos higiene personal, y demás productos incluidos en la canasta básica. Para recibir el beneficio no hace falta realizar trámites, ya que es de implementación automática.

La disposición oficial señala que todos los comercios minoristas y mayoristas registrados en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) forman parte de la medida. Sin embargo, no serán estos quienes realicen el descuento en el ticket, sino que el reintegro se realiza directamente en la cuenta bancaria.

Qué hago si no recibo el reintegro

Si bien el programa Compre sin IVA no requiere ningún trámite de inscripción, hay un requisito operativo para recibir el reintegro: los beneficiarios deben tener declarado su CBU ante AFIP, caso contrario no recibirán el reembolso.

La Clave Bancaria Uniforme o Clave Bancaria Única (CBU) es un código público único e irrepetible y compuesto por 22 números que utilizan los bancos para la identificación de las cuentas de sus clientes. Si la persona no tiene declarado su CBU, no puede recibir ningún reintegro, ni depósito directo o beneficio del Estado. Y debe ser el de la cuenta asociada a la tarjeta de débito que se utilizó para las compras de productos incluidos en el programa para recibir el reintegro ahí mismo, detalló Página/12.

El grueso del universo de beneficiarios de este programa ya cuenta con CBU declarado, como los empleados en relación de dependencia. En estos casos, su Clave Bancaria Uniforme ya fue informada por su empleador al momento del alta en AFIP, por lo que ya tienen asociado su CUIL a su cuenta sueldo.

Además, hay personas que ya lo tienen declarado porque fueron beneficiarios de otros programas que lo requerían en el pasado, como el ATP, que pagaba parte de los sueldos durante la pandemia por el coronavirus.

En el caso de los jubilados, pensionados y beneficiarios de programas sociales (como AUH, Alimentar y otros), tienen asociado su CUIL a su Cuenta de la Seguridad Social, que es una cuenta especial que ANSES les abre para que cobren sus respectivas prestaciones. El reintegro del 21% se les depositará ahí mismo, sin necesidad de informar el CBU a AFIP.

En tanto, los que sí deben declararla de manera proactiva en el marco de este programa son los monotributistas y los trabajadores de casas particulares, así como todas aquellas personas que en la web de AFIP figuren sin ningún CBU registrado.

Cómo declarar el CBU ante AFIP

Todos los contribuyentes pueden visualizar su CBU declarado en la web de AFIP. En caso de no tenerlo, deben informarlo para recibir la devolución del IVA. Los pasos son los siguientes:

  • Ingresar a la página web de AFIP y acceder con clave fiscal al servicio "Declaración de CBU".
  • Una vez dentro, el contribuyente podrá visualizar, en el caso de corresponder, el o los CBU informados, los de terceros que se hayan vinculado y los autorizados para realizar transacciones.
  • Para agregar una nueva CBU, el usuario debe dirigirse al listado de CBU propias y clickear en el botón "Registrar CBU". El sistema va a solicitar los 22 números de la clave bancaria y el motivo por el que se la quiere registrar: para devoluciones, Mis Facilidades o pago de monotributo.
  • Por último, presionar en "Informar CBU".
  • Una vez consignado el registro, la entidad bancaria deberá emitir una autorización para el uso del CBU, que será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico.