Por Ciudadano.News
16 Octubre de 2024 - 07:28
A través de las modificaciones introducidas en la Resolución General 4.614/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, elevó los montos previstos establecidos en el régimen de información para los sujetos que "administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos" a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales (billeteras virtuales), incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago.
Además, la AFIP precisó que se evaluarán estos montos de acuerdo a una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica mensualmente el Instituto nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
Topes de dinero en billeteras virtuales
La AFIP establece que los montos máximos que se pueden tener sin declarar en una billetera virtual son de hasta 400 mil pesos mensuales -para el caso de ingresos o egresos totales- y de hasta 700 mil pesos -para el caso de saldos mensuales-.
A través de la Resolución General 5.512/2024, la AFIP dispuso las nuevas medidas incluidas bajo el título "Regímenes de Información de Entidades Financieras y de plataformas de gestión digital o electrónica", más conocidas como billeteras virtuales. Entre otras que operan en la Argentina, las más difundidas son Mercado Pago y Naranja X, no así Modo, que es una billetera virtual, pero que refleja el contenido de cuentas bancarias asociadas.
El organismo tributario informó que los montos mencionados entraron en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos para las operaciones que se efectúen a partir del 1 de junio de 2024.
La medida que estipula los montos máximos que se pueden tener o bien operar a través de una cuenta en una billetera virtual, busca garantizar que el origen del dinero sea lícito y que las operaciones financieras realizadas a través de estas plataformas virtuales no presenten irregularidades fiscales.
Asimismo, la AFIP persigue asegurarse de que el dinero que circula en las billeteras virtuales y cuentas bancarias tenga un origen legal. La AFIP busca así evitar que los fondos no declarados o de origen ilícito circulen a través de estas plataformas. Con este objetivo, las entidades financieras deben tener la responsabilidad de vigilar las operaciones de sus clientes y de reportar cualquier movimiento que supere los montos establecidos.
Si un usuario se excediese de los mencionados topes de dinero sin declarar, la AFIP podrá intimar al contribuyente y requerirle los correspondientes comprobantes que justifiquen el origen de los fondos. En el peor de los casos -amén de sanciones pecuniarias-, la AFIP podría optar por cerrar la cuenta del contribuyente y enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
Con información de LMN
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