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Cambios a tener en cuenta

Atención: el Senado avaló la eliminación del monotributo social y habilitó fuertes subas en las cuotas

Con la aprobación del apartado referido al régimen simplificado, concretado por el Senado este miércoles, el monotributo sufrirá profundos cambios.

Redacción

Por Redacción

14 Junio de 2024 - 09:00

Importantes cambios sufrirá el régimen simplificado de monotributo.
Importantes cambios sufrirá el régimen simplificado de monotributo. Pexels

Más allá de las numerosas modificaciones que sufrió tanto la Ley Bases como el paquete fiscal en el Senado este miércoles, quedaron confirmados los cambios al Régimen Simplificado del Monotributo, por lo que habrá un incremento en los montos de facturación de entre 301% y 401% y un fuerte aumento en las cuotas, además de la eliminación del Monotributo Social.

El título 6 del paquete fiscal, aprobado con 37 votos a favor y 35 en contra, tras el desempate de Victoria Villarruel, introdujo grandes cambios al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o Monotributo.

Los cambios afectan a seis claves y, además, no podrán ser modificados en la Cámara de Diputados. Los principales son:

  • Se unifican las categorías para las actividades de obras, locaciones y prestaciones de servicios y la venta de bienes. Hasta ahora, los monotributistas que trabajan en actividades de obras, locaciones y prestaciones solo pueden entrar al régimen hasta la categoría H, mientras que los que se dediquen a venta de bienes lo hacen hasta la categoría K. A partir del paquete fiscal, se elimina esta diferenciación y todos los pequeños contribuyentes de obras, locaciones y prestaciones podrán adherirse al régimen si encuadran en los parámetros hasta la categoría K.
  • Suben los montos de facturación, precio unitario de venta y alquileres devengados. El paquete fiscal aumentará los montos de facturación entre un 301% y un 401% según la categoría mientras que el monto de los alquileres devengados anuales aumentará del 211% al 309%. A su vez, el precio máximo unitario de venta para quienes venden bienes se incrementa en un 213% para todas las categorías.

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Se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social

Junto al aumento en parámetros para cada categoría subirán también las cuotas impositivas entre un 278% y 510%. La cuota de seguridad social tendrá una suba de entre 212% y 243% y la cuota de obra social de entre 212% y 214%.

La cuota total subirá entre un 219% y un 425% para quienes pagan los tres componentes, mientras que en el caso de la venta de bienes la cuota social alcanzará un aumento de entre 219% y 353% si se pagan todos los ítems.

Eliminación de la exención de la cuota impositiva para determinados monotributistas de las Categorías A y B

El paquete fiscal elimina la exención que los monotributistas A y B gozan sobre las cuotas impositivas, el cual aplica cuándo los monotributistas no obtengan ingresos por:

-Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.

-Dirección, administración o conducción de sociedades.

-Locación de bienes muebles o inmuebles.

-Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades.

Más actualizaciones

El proyecto aprobado dispone que, desde el 2025, los montos de facturación, los alquileres devengados, el precio máximo unitario de venta y las cuotas se actualizarán semestralmente por inflación.

Además, permitirá por única vez que Poder Ejecutivo aumente estos ítems en el período fiscal 2024, aunque el aumento de las cuotas no podrá superar en mayor porcentaje al del monto de la facturación para la categoría que corresponda.

Podrán reingresar al régimen los monotributistas excluidos de pleno derecho

Los monotributistas que quedaron excluidos de pleno derecho desde el 1.º de enero de 2024 por la aplicación de los parámetros vigentes antes de la modificación, van a poder volver a adherirse, por única vez, al régimen sin esperar los tres años que exige la Ley del Monotributo.

Esto no aplica para aquel monotributista que, antes de superar los parámetros, se pasó al régimen general.

Escalas del monotributo con la Ley Bases

Entre los principales cambios al monotributo, se encuentran los máximos de facturación que sube a $68 millones anuales y nuevas alícuotas según las categorías, también introduce importantes reformas en las escalas y cuotas del régimen.

A su vez, no establecerá límites para las categorías más altas, según la actividad realizada por el contribuyente.

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Adiós al monotributo social

El artículo 100 que prorrogaba el monotributo social, que beneficia sectores de menores ingresos con el objetivo de promover su formalización, fue rechazado.

Éste permite a los contribuyentes facturar, poder acceder a una obra social y también ingresar en el sistema jubilatorio. Además, contempla que el monotributista pague solamente un 50% del pago, que corresponde a la obra social y que, lo que integra el componente impositivo y del previsional, esté subsidiado al 100% y el otro 50%.

Nuevos topes por categoría

Los valores propuestos a partir del proyecto aprobado llevan el ingreso máximo anual a los siguientes importes, según la categoría:

Categoría A: $6.450.000.

Categoría B: $9.450.000.

Categoría C: $13.250.000.

Categoría D: $16.450.000.

Categoría E: $19.350.000.

Categoría F: $24.250.000.

Categoría G: $29.000.000.

Categoría H: $44.000.000.

Categoría I: $49.250.000.

Categoría J: $56.400.000.

Categoría K: $68.000.000.

Con información de BAE y Ámbito