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Asignación | Qué hay que presentar para cobrar escolaridad y retenido

Los sistemas de trámites en ANSES se renuevan y es posible que en el transcurso del año se eliminen trámites y se activen pagos automáticos para padres responsables

11 de marzo, 2021 - 17:08

En marzo llega el pago masivo de la escolaridad, los aumentos por Ley de Movilidad y también se siguen pagando retenciones atrasadas del año 2019 a quiénes todavía no la cobraron.

En este punto, la gran duda está relacionada a la documentación obligatoria que habría que presentar para cobrar los pagos adicionales que se le acreditan a las asignaciones por encima de los haberes habituales.

¿Qué hay que presentar para cobrar escolaridad?

El pago de la Ayuda Escolar Anual 2021 se realizará en marzo y será automático para todas las AUH y SUAF con hijos en edad escolar de entre 5 y 17 años. Sin embargo, es importante aclarar que, a pesar de que vas a recibir el pago sin hacer trámite previo, la presentación de regularidad escolar sigue siendo obligatoria. Esto significa que a pesar de haber cobrado, vas a tener que presentar el Formulario PS 2.68 antes del 31 de diciembre 2021.

En el caso de los nuevos ingresos al sistema escolar (salita de 3 y 4), estos van a cobrar a los 60 días de haber presentado el primer certificado de regularidad.

¿Qué pasa si no lo presento? 

Aquellos beneficiarios que no entreguen la documentación antes de fin de año, no van a cobrar escolaridad en el 2022 y tampoco van a poder reclamar retroactivos sobre este ítem. 

Escolaridad 2020

Ninguna asignación ha cobrado la escolaridad del año pasado. Para hacer el reclamo es necesario cargar el certificado de haberes impagos pero este trámite no garantiza el cobro en los plazos habituales (90 días). Sin embargo, te recomendamos hacer el trámite para que, cuando liberen el pago, ya estés en la lista de personas con pagos adeudados y no pierdas tiempo.

¿Qué hay que presentar para cobrar el retroactivo?

En el caso de las AUH, la presentación de la libreta, por ahora, no es obligatoria en su conjunto. De los 4 ítems que incluye (vacunación, control sanitaria, declaración jurada y escolaridad), tan solo es obligatoria la presentación de la presencia escolar y el plazo es hasta fin de año. 

Por lo tanto, para cobrar el retroactivo a fin de año, por ahora no es necesario presentar nada pero para asegurarte la escolaridad 2022 hay que entregar el certificado. 

En cuanto a las SUAF, en el 2021 van a cobrar todo junto ya que no tienen montos retenidos. El aumento del 8% se podrá cobrar en mayo.

¿Hay que presentar libreta en el 2021?

Por ahora no se sabe. De todas formas, bajo ningún punto de vista hay que dejar de cumplir con las obligaciones centrales de los padres. (vacunar, llevar al niño a la escuela, realizar el control sanitario, tener al día la documentación del menor). 

Se presume que en los próximos meses se anunciará el cruzamiento de datos entre ministerios para que la gente no tenga que entregar más la libreta y cobrar el retenido en forma automática siempre y cuando se haya cumplido con los derechos del niño. 

Importante: ANSES anunció que hay que presentar una declaración jurada en vez de la libreta.