Por Orlando Tirapu
10 Enero de 2021 - 11:02
En los últimos días, en Redes Sociales o blog de dudosa calidad, los beneficiarios de planes sociales vieron cómo se intentaba engañar a los beneficiarios con un supuesto plan social de $15000.
En esta nota vamos a señalar de que se trata realmente este subsidio de $15000.
Lo que vamos a explicar este que este subsidio es para "pagar los gastos de sepelio por la muerte de un jubilado" y que de ninguna manera se trata de un beneficio adicional o "bono de fin de año" como inescrupulosos intentaron dar a entender para engañar a los argentinos en un año de mucha inestabilidad económica.
¿Qué es el subsidio de contención familiar?
Es un reintegro por gastos de sepelio, que se cobra luego del fallecimiento de un jubilado o pensionado de ANSES.
A quiénes les corresponde
Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación.
Viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
Familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad:
desocupados o desocupadas
trabajadores o trabajadoras informales monotributistas de las categorías A y B personal de casas particulares titulares de la Asignación por Embarazo madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes receptores de la AUH madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad receptores de la AUH Familiares directos de personas fallecidas que cobraban una Pensión por Adulto Mayor (PUAM). Parientes de personas fallecidas que recibían prestaciones no contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17). Parientes de personas fallecidas que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Requisitos
Los familiares de la persona fallecida deberán acreditar la titularidad de cualquiera de los beneficios previsionales descriptos o tenerlo en trámite con derecho otorgado. Presentar factura de gastos de sepelio o cremación. No haber transcurrido más de un año desde el fallecimiento.Documentación
En original y copia:
DNI de quien solicita el reintegro. Partida de defunción de la persona fallecida. Factura de la funeraria a nombre de la persona solicitante; o formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296.Monto
El monto del subsidio es de $6000 si el fallecimiento se produjo hasta el 8/8/2020 y de $15.000 posterior a esa fecha.Trámite
Se hace por internet. Puede realizarse junto con el inicio del trámite de la pensión. Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio o cremación, debe hacerlo antes de cumplirse un año del fallecimiento.
HACÉ EL TRÁMITE DESDE ACÁ
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