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Por un fallo de la Justicia no se podrá vender medicamentos en los quioscos

Además, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió tres artículos que modificaban la actividad laboral de farmacéuticos y bioquímicos

Por Redacción

24 de abril, 2024 - 13:25

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió tres artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 que modificaban la actividad laboral de los farmacéuticos.

La sentencia se dispuso en función del pedido que formuló el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), que había cuestionado los artículos 319, 320 y 321 de ese DNU, a través del cual el Gobierno, a pocos días de asumir, desreguló numerosos sectores de la economía.

El DNU 70/23 sacaba de circulación a los farmacéuticos porque derogaba los artículos 13, 20, 25, 26, 27, 40, 41, 42, 43 y 44 de la ley 17.565 de Farmacia, y favorecía la comercialización de los medicamentos y la ganancia de los laboratorios, según el gremio del sector.

Marcelo Peretta, titular del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos, afirmó en el programa Sin Verso, de Ciudadano.News: “Es un éxito porque la gente gana al tener su profesional y su personal farmacéutico presente en todas las farmacias, droguerías y laboratorios, asegurando así el origen, conservación y calidad de los medicamentos”, destacó.

A su vez, añadió también el beneficio de esta medida para el sector: “Gana también porque no es perjudicado por un decreto que lo había limpiado del circuito con la pretensión que los laboratorios vendieran sin ningún tipo de control farmacéutico. Ellos aspiran a que ni el médico ni el farmacéutico estén en el circuito de medicamentos y ellos puedan vender tranquilos a la población a precios caros”.

De esta manera, “las droguerías y laboratorios y los quioscos no van a poder vender medicamentos porque no tienen farmacéuticos”, aclaró Peretta.