Por Ciudadano.News
14 Marzo de 2024 - 07:10
El Juzgado Federal n.º 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay, bajo la conducción de María Isabel Caccioppoli, dispuso otorgar una medida cautelar a favor de un afiliado de la Obra Social de Dirección de Empresas (OSDE), que ordenó dejar sin efecto los aumentos realizados conformes a la aplicación del DNU 70/23.
Asimismo, dispuso que los incrementos sean realizados conforme a lo que prevea la Autoridad de Aplicación, aplicando el artículo 17 (no sustituido) de la ley 26.682, hasta que se dicte una sentencia de carácter definitivo.
No obstante, lo más importante de la medida cautelar suscripta por la magistrada es que extiende los efectos con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes, que se encuentren en las mismas circunstancias con aumentos de cuotas similares por parte de OSDE. Ello en virtud de que la jueza reconoció que la tramitación del expediente sea como amparo colectivo.
En este contexto, respecto a la colectivización del expediente, la jueza dispuso que el colectivo se integre por la totalidad de los afiliados de la empresa OSDE que se vean afectados por el DNU 70/23.
En cuento a los hechos que dan origen a la disposición, la misma fue iniciada por una persona de 69 años de edad que se encontraba afiliado hacía 30 años a la prepaga y que la cuota que se encontraba abonando en el mes de diciembre de 2023 al mes de marzo de 2024 sufrió un incremento del 86,8 por ciento, ocasionando que ese monto respecto de la jubilación que posee le tornaron imposible pagar la prestación. En dicho marco es que se solicitó una medida cautelar para que suspendiera los aumentos en forma inmediata.
La medida señala como sustento central que “la falta de fiscalización de las empresas de medicina prepaga y/o la no exigencia de solicitar autorización por parte de las mismas trajo como lógica consecuencia los aumentos por lo que aquí se reclama y que conforme surge de las facturas acompañadas resultan superiores al 85% de lo abonado en el mes de diciembre de 2023.
Para el mes de febrero se ha anunciado un incremento de un 28%, para el mes de marzo un 19%”, lo que se entendió como un costo imposible de afrontar para el afiliado de acuerdo a su jubilación.
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