Por Ciudadano.News
1 Marzo de 2024 - 11:19
Los contratos de alquiler firmados bajo la ley N°27.551 (Ley de Alquileres), que actualizan el precio anualmente a través del Índice de Contratos de Locación (ICL), sufrirán una suba de 164,06% en marzo frente a una inflación interanual que en el segundo mes del año se ubicaría entre 275% y 288%, según consultoras privadas.
Con el aumento del 164,06%, si actualmente un inquilino estaba pagando $200.000, pasará a pagar $528.120. Aunque, si el contrato finaliza, el propietario puede solicitar un monto diferente para la renovación.
Los nuevos contratos de alquiler ya no se rigen obligatoriamente por el ICL, sino que las partes son "libres" de decidir el índice que gusten para la indexación y tampoco son anuales -lo deciden previo al contrato-, ya que la derogación de la Ley de Alquileres contenida en el polémico DNU 70/23 del gobierno de Javier Milei desreguló los contratos de locación de viviendas.
La duda en este sentido es qué pasará si el DNU, como es posible, es rechazado y dejado sin efecto por el Congreso nacional. Según diversos especialistas, si esto ocurre, inmediatamente vuelve a entrar en vigencia la Ley de Alquileres y el mercado volvería a estar regulado.
Asimismo, la discusión de fondo está en manos de la Corte Suprema por un aspecto clave: ¿puede un gobierno a través de un DNU derogar leyes aprobadas por el Congreso?
Alquileres: cómo se calcula el ICL
El ICL (Índice de Contratos de Locación) es el indicador que elabora el Banco Central y se compone de la variación del índice de precios y de salarios.
Para calcular la actualización anual que tiene un contrato de locación se debe tomar como referencia el precio actual, se lo divide por el valor del índice con fecha de inicio del contrato. Luego se multiplica ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler.
El ICL se encuentra en la página del Banco Central. https://ciudadano.news/politica/argentina/ministros-deberan-concurrir-a-la-comision-bilateral-por-el-dnu
Cómo pactan los contratos
La desregulación de los alquileres generó un gran cimbronazo en el mercado que ahora vuelve a regir bajo el Código Civil y Comercial, aunque este también fue modificado.
Según fuentes del mercado, actualmente los contratos se están realizando mayoritariamente "por dos años, en pesos y con actualizaciones trimestrales a través del índice de inflación".
Sin embargo, tienen la opción de realizarlos en moneda extranjera, "al libre arbitrio de las partes". En ese sentido, a principios de enero se firmó el primer contrato en criptomonedas, asimismo, como no hay un índice de indexación obligatorio, hay contratos que se firmaron con base en el aumento de las naftas.
Con información de Ámbito
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