Por Ciudadano.News
15 Marzo de 2024 - 10:42
Un trabajador de la ciudad de Cipolletti, Río Negro, al ser despedido y acceder al detalle de la liquidación final se llevó una gran sorpresa. Unos 12 millones de pesos le fueron retenidos de su indemnización por orden judicial. Al poco tiempo, comprendió se debió al pago de la cuota alimentaria de su hija.
Tras ser desvinculado de la empresa en que trabajaba, el desempleado advirtió la vigencia de una orden judicial que le impedía acceder al dinero. Se presentó en el fuero de Familia y le informaron que le retuvieron 12 millones de pesos de la indemnización para el pago de cuotas alimentarias futuras. Se realizó una audiencia y se acordó con la madre de su hija el destino de los fondos.
Según explicaron desde el fuero de Familia, cuando alguno de los progenitores se queda sin trabajo, la única manera de poder acceder a esa indemnización y que parte del dinero le corresponda al niño es solicitando que se apliquen las cuotas a futuro, hasta que consigan otro trabajo.
Así lo habilita el artículo 550 del Código Civil y Comercial de la Nación que establece “la traba de medidas cautelares para asegurar el pago de alimentos futuros, provisionales, definitivos o convenidos”. La persona comprometida al pago puede ofrecer en sustitución otras garantías. La medida cautelar se aplica a pedido de la contraparte.
En esta oportunidad, los padres llegaron a un acuerdo y la jueza de Familia homologó el pacto en una sentencia. En los casos que no se logra un acuerdo, se retiene el dinero y se va prorrateando una suma mensual para garantizar la cuota alimentaria del menor hasta que se informe la existencia de un nuevo empleo.
Destino de los fondos
Según lo convenido, en este caso la sentencia estableció que el importe retenido se destinará a la cuota alimentaria mensual y al pago de la prepaga. También la madre fue autorizada a retirar un porcentaje del dinero para cancelar el viaje de egresados y para las cuotas de enero, febrero y marzo de este año, como así también por los alimentos adeudados entre junio y noviembre del 2023.
El dinero restante quedará en un plazo fijo renovable a 30 días, para el pago de cuotas futuras hasta que el padre se reinserte en el mercado laboral.
Con información de El Cordillerano
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