3 Agosto de 2022 - 07:48
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El año pasado, cuando el Gobierno provincial asignó 12 mil hectáreas en Malargüe para el desarrollo de un centro de esquí boutique, llamado El Azufre, comenzó a conocerse voces en contrario. Ese decreto, que llevó el número 2.138, devino en enfrentamientos con grupos políticos opositores y también algunos que lo objetan desde el punto de vista ambiental.
La novela continuó este año, cuando la Agencia Nacional de Bienes del Estado (AABE) se manifestó en contra de la cesión de los terrenos, sosteniendo que son tierras propiedad del Estado Nacional, pertenecientes al Campo Potreros de Cordillera Norte.
Desde esa entidad se sostuvo que la administración de Rodolfo Suarez no cumplió con cuestiones que se había acordado con Nación, que tenía el control de estas tierras de frontera, pero esa argumentación fue respondida por el oficialismo, que la tildó de “irregular”, y agregaron: “Es una simple expresión de deseo que no configura un acto administrativo”.
Con respecto a las denuncias, puntualmente del diputado provincial Emanuel Fugazotto, del Partido Verde, y Eduardo Sosa, exfuncionario de Ambiente devenido feroz crítico de la gestión, la Fiscalía de Estado, a través del dictamen 22/2022 de su Dirección de Asuntos Ambientales, respondió: “La denuncia ambiental en curso carece de mérito para su procedencia”, y dejaron saber que habían comenzado a investigar de oficio la instalación del proyecto turístico y deportivo en aquel predio desde antes de las denuncias.
Las objeciones señalaban presuntas irregularidades en la habilitación precaria por 180 días que la Municipalidad de Malargüe otorgó a la empresa El Azufre SA, para iniciar las tareas de desarrollo de un alojamiento turístico, servicio gastronómico, y operador de turismo aventura”.
Además, los denunciantes habían señalado: “No existen antecedentes que determinen que una experiencia piloto pueda ser aprobada municipalmente, cuando el proyecto final lo debe evaluar la provincia, siendo que el proyecto debe evaluarse integralmente y no por etapas”, y también objetado la “supuesta violación de las etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y de las exigencias legales del Plan Provincial de Ordenamiento Territorial”.
El dictamen
El escrito de la Fiscalía de Estado, que solicitó informes de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial y del municipio sureño, desestimó cada uno de los ítems de las denuncias, a través de una refutación de múltiples puntos, señalan: “La denuncia se ha elaborado en función de trascendidos mediáticos, aunque no coincide plenamente con la realidad de los hechos. Hasta el momento no está siendo evaluado ni construido el Centro de Esquí proyectado, sino obras menores previas al referido centro”.
“Estas obras inicialmente han sido sometidas a consideración provincial, habiendo entendido tal autoridad que las mismas –en lo que refiere a su infraestructura y destino inicialmente previsto– revisten 'un bajo impacto ambiental y de corta duración' y que no está encuadrada en el ámbito de la Provincia, por lo tanto, deberá ser evaluada por el municipio de Malargüe”, considera el fallo.
“Lo que está ejecución, según ha sido inspeccionado, no es parte del centro de esquí, sino de la infraestructura previa y provisoria necesaria para elaborar el proyecto de dicho centro y considerar su viabilidad”, agrega el texto y considera: “Estas obras son instrumentales a la generación de dicho proyecto y su EIA, y sería irrazonable pretender que se evaluaran de manera integral con aquel”, sosteniendo además: “Las obras efectuadas se encuadran en una habilitación provisoria por una superficie de 370 m2 que ha realizado el municipio”.
“Tales obras se limitan a dos casas modulares, con solo seis habitaciones cada una; excluyendo la autoridad municipal de la misma y de manera expresa al centro de esquí aludido, y por ende, prescindiendo en esta etapa de la exigencia de la Declaración de Impacto Ambiental. Frente a la magnitud de las obras –al menos en lo que refiere a la infraestructura construida– no se considera arbitrario la postura municipal”.
También remarcan: “Hasta el momento, ni la autoridad provincial ni la municipal han autorizado actividades deportivas. Las actividades deportivas de montaña que se realicen antes, e independientemente de la construcción del centro de esquí, pueden resultar ajenas a la necesidad de EIA, tal como ocurre con las diversas actividades que se realizan o pueden realizarse en otras montañas de la provincia, al margen de los centros de esquí o turísticos existentes”.
Sobre el impacto ambiental
La máxima autoridad provincial en la materia, que es la Secretaría de Ambiente, señala que no se ha dado lugar al procedimiento de Estudio de Impacto Ambiental, porque recién correspondería hacerlo para el inicio de las obras de construcción del complejo, y lo que corresponde es una presentación ante la Unidad De Evaluaciones Ambientales de la Secretaria de ambiente y ordenamiento territorial, que incluya la Memoria Descriptiva del proyecto, de la totalidad del desarrollo turístico, y ese material es el que permitirá implementar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, según las normas en vigencia.
Un punto polémico es que las actuales construcciones deben ocuparse como albergue para las personas encargadas de estudiar el proyecto, sin embargo, fue utilizado con fines turísticos, cosa que no corresponde y así fue marcada por el gobierno, y vale recordar que hubo una visita del conductor televisivo Marley en tareas de promoción. Por ello, Ambiente ordenó un seguimiento de las actividades que se realizan.
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