Por Ciudadano.News
9 Septiembre de 2025 - 16:59
La Cámara de Senadores de Mendoza sancionó el proyecto de ley, impulsado por el Poder Judicial, que busca hacer más simples los trámites para litigios sin gastos. Así, se eliminan obstáculos burocráticos que, además de onerosos, resultaban en una complicación para los implicados. La iniciativa logró su sanción este martes, con apoyo de la oposición.
La propuesta de la Corte mendocina cambia el artículo 96 del Código Procesal, Civil, Comercial y Tributario, para reemplazar el proceso actual de declaración de 'pobreza' por otro más administrativo y ágil, a cargo del abogado patrocinante. La idea es reducir el tiempo perdido en los Tribunales.

A ello se le suma un detalle más: el control de dicho beneficio, que representa entre un 18% y un 24% de las causas que ingresan al sistema del Poder Judicial. Dicho control lo ejercerán las autoridades judiciales, y no los organismos fiscales, como se hacía hasta el momento.
Este 'litigio sin gastos' se les brinda a quienes no tienen recursos suficientes para afrontar el pago del impuesto de justicia y aportes legales, al momento de comenzar una demanda. Para acceder a este beneficio, la persona tiene que presentar un certificado de situación económica, con los informes que otorga cada organismo interviniente.
Menos plata y menos tiempo
El fin que busca la Suprema Corte de Justicia de Mendoza es reducir drásticamente los tiempos y los costos, pero sin dejar de brindar los derechos de quienes no pueden pagar dichos gastos judiciales. En la actualidad, el trámite demanda entre dos y tres meses, requiere en promedio seis resoluciones por cada incidente, con más de 9.900 horas de trabajo (algo más de 412 días corridos), y un costo estimado en más de 150 millones de pesos.

Con el nuevo sistema informático, trabajando en concordancia con registros oficiales, tanto de la ex AFIP como los del automotor e inmobiliario, todo este proceso engorroso se reduce a un minuto.
Proyecto preaprobado
El proyecto ya tenía media sanción de la Cámara de Diputados, y fue aprobado por el Senado, y por unanimidad. Con la nueva modalidad, los tribunales, a través de un usuario autorizado, podrán consultar de manera automática los nombres, DNI o CUIL de cada una de las partes. Allí, el mismo sistema responderá si corresponde otorgar o no el beneficio.

En el caso de no otorgarlo, el litigante tiene la chance de solicitar la evaluación pro parte del tribunal, a través del mecanismo procesal vigente en la actualidad. Cabe aclarar que el paso siguiente, como en todo proceso legislativo, es la aprobación por parte del Poder Ejecutivo.
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