Por Ciudadano.News
21 Noviembre de 2024 - 12:30
Una historia que parece de ficción, pero no lo es. Una joven formó una estrecha amistad con una compañera de clase, creando un vínculo especial. Resulta que eran hermanas, ya que compartían el mismo padre.
Pasó en la ciudad de Cipolletti, en la provincia de Río Negro. A medida que su amistada iba creciendo, la relación llevó a frecuentar la casa de su progenitor. Aunque nunca se mencionó la verdad que las unía.

Años después, una prueba de ADN confirmó el lazo familiar. Según fuentes judiciales, un fallo del fuero de Familia de esta ciudad ordenó la filiación.
Su mejor amiga era su hermana
Tras la confirmación de una prueba de ADN, la revelación de que su mejor amiga de la adolescencia era su hermana tuvo un impacto profundo en la vida del adolescente. Aquella amistad que siempre había sentido como especial tenía ahora una explicación irrefutable: eran familia.
En pleno proceso judicial, el progenitor declaró que desconocía la existencia de un hijo y afirmó que la prueba de ADN no le resultaba fiable. Pero el Laboratorio de Genética Forense ratificó el resultado y confirmó una probabilidad de vínculo superior al 99,99%.

Al tiempo, la jueza de Familia de Cipolletti hizo lugar a la filiación y ordenó al Registro Civil adicionar el apellido de su progenitor biológico. La magistrada respaldó su postura con el artículo 62 del Código Civil y Comercial de la Nación, que reconoce el derecho de las personas a llevar el nombre y apellido que les corresponde.
Además, utilizó el artículo 64 del mismo código, que regula el uso del apellido en casos de filiación extramatrimonial.
Multa e inscripción forzosa
Debido al no haber realizado el reconocimiento dentro del plazo dispuesto, el fallo determinaba que correspondía aplicar una multa según lo establecido por el Código Procesal de Familia.
La norma establece que, ante un resultado positivo en la pericia genética, el progenitor debe realizar el reconocimiento en un plazo determinado. Por eso, el incumplimiento autoriza la imposición de una multa a favor del actor.

Aunque el hombre demandado participó en la prueba de ADN, su negativa a reconocer la filiación fue interpretada como una actitud dilatoria. Por lo cual, justificó no solo la aplicación de la multa, sino también la inscripción forzosa del apellido paterno en el Registro Civil.
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