Por Ciudadano.News
15 Abril de 2025 - 20:25
La confirmación hoy el procesamiento del expresidente Alberto Fernández, emitida por Cámara Federal porteña en las acusaciones por violencia de género hacia la exprimera dama Fabiola Yañez, dejó al acusado en condiciones de ser enviado a juicio oral.
El expresidente recibió dicha confirmación con las acusaciones de "lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas", en una decisión emitida por la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, y la disidencia de Roberto Boico.
Además del procesamiento, se confirmó la cifra del embargo sobre los bienes de Fernández, que alcanza los 10.000.000 de pesos, frente a planteos de nulidad promovidos por su defensa: "Es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras", afirmó el juez Martín Irurzun en la resolución, de 82 carillas, donde resalta que además "sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández".
"Se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directos que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental", concluyó al confirmar el procesamiento.

El escrito sostiene que Fabiola Yañez "era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario", y en ese contexto, "por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando", advirtió el juez.
Con este dictamen la Cámara confirmó lo que había resuelto el juez federal Julián Ercolini, con intervención de la fiscalía de Ramiro González, mientras que el voto en disidencia fue del camarista Boico, quien pidió dictar la falta de mérito y pedir una profundización de la pesquisa.
En definitiva, la acusación se constituye por dos hechos de lesiones leves, un hecho de lesiones graves. Además, resultan doblemente agravados por el vínculo. Se suman abuso de poder y autoridad, y amenazas coactivas, en tres delitos que concursados representan una pena de 3 a 18 años de prisión.
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