Por Enrique Villalobo
2 Octubre de 2024 - 20:26
Círculo Político (Lunes a viernes de 14 a 16 por FM 91.7 y Ciudadano News Radio) entrevistó a Jorge Enríquez, Presidente Asociación Civil Justa Causa, quien afirmó: "Una norma que se refiere a la posibilidad que tienen las personas que han tenido sentencia en primera instancia y segundas instancias que no pueden participar de una elección nacional, porque después en muchos casos han llegado personas procesadas a integran cuerpos legislativos y eso, por un lado, ofende al parlamento y por otro lado, una burla hacia la gente".

"Si para entrar a un empleo público o privado se pide certificado de antecedentes y si de pronto uno se encuentra con que esa persona tiene antecedentes y no puede ingresar porque tiene una condena que se lo impide, no se justifica que uno cuando se presenta a una elección no tenga que acompañar un certificado de antecedentes".
Enríquez dijo que "si tiene algún proceso penal pendiente con un fallo, a mi juicio tendría que ser solamente de primera instancia, hay gente que pide, y así salió el dictamen de comisión, sea en una instancia superior, que creo no es necesario porque si esa persona se encuentra con sentencia en primera instancia se trata de alguien que ha sido procesado, condenado y se ha generado una presunción de culpabilidad como para que, una vez en el cargo, termina transformando en un impunidad".
-En el caso de las personas con pena cumplida, ¿Boudou podría volver a ser candidato?
-Boudou no va a poder ser candidato por una razón simple, que además de la pena que se le impuso de la privativa de libertad, fue inhabilitado para el ejercicio de cargo público. Después de cumplir los años de inhabilitación, puede volver, pero hay otra cosa que es la condena social, hay que ver si Boudou, un tipo que lo insultan por todos lados donde va, no creo que quiera volver y no estoy tan seguro porque en este país han pasado cosas insólitas pero creo que hay un cambio de época.

"Hay quienes consideran que no se puede prohibir candidaturas salvo que medie una condena firme, pero eso es confundir dos esferas, la penal y la política electoral".
"El principio de inocencia no se afecta por el hecho de que una persona no pueda ser candidato sino que esto las cualidades que se requieren conforme el artículo de la Constitución, la idoneidad es un requisito esencial para desempeñar cargo público. Para tener una república saludable es necesario un trípode, fecha limpia, boleta única y la caducidad del dominio de los bienes mal habidos".
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