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La Justicia suspendió la resolución que prohibía a los municipios cobrar tasas en facturas de servicios

El Juzgado Federal de Campana respondió al pedido del municipio de Pilar y la medida de la Secretaría de Comercio e Industria quedará suspendida.

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Por Ciudadano.News

18 Septiembre de 2024 - 08:06

Federico Achával, intendente del municipio de Pilar
Federico Achával, intendente del municipio de Pilar Foto: Municipio Pilar

El titular del Juzgado Federal de Campana, Adrián González Charvay, hizo lugar al pedido del municipio de Pilar y suspendió la resolución del Gobierno que impedía a las comunas cobrar tasas en las facturas de servicios.

De esta forma,  quedó suspendida la Resolución 267/2024, promulgada por la Secretaría de Comercio e Industria y que prohibía a los municipios incluir tasas en las facturas de los servicios públicos como la energía eléctrica y el gas natural.

El municipio de Pilar justificó su pedido en la ley provincial N° 10.740 y en el convenio que mantiene con EDENOR para cobrar el tributo municipal, a través de su incorporación en la factura del servicio de aquella empresa. Así mismo, agregó las normas provinciales que dan el marco de la energía eléctrica y la competencia del organismo de control (OCEBA).

Tras el pedido, el juez federal resolvió "hacer lugar a la medida cautelar" y ordenar "la suspensión de los efectos de la Resolución 267/2024 dictada por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación".

"La medida interina tendrá vigencia hasta tanto se resuelva la medida cautelar solicitada en autos. A tal fin, requiérase al Ministerio de Economía - Secretaría de Industria y Comercio que produzca el informe previsto por el artículo 4 de la ley 26.854, en el plazo de tres días de notificado de la presente resolución", detalló el texto.

La resolución del Gobierno quedará suspendida 

La medida de la Secretaría de Comercio e Industria fue comunicada por el ministro de Economía, Luis Caputo, a través de sus redes sociales.

"Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial", publicó hace unos días el ministro Caputo en su cuenta de X.

Según explicó, las facturas de servicios esenciales solo deberán contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, "quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio".

Con información de Ámbito