Por Redacción
20 Julio de 2024 - 10:31
La Universidad Nacional de las Madres de Plaza de Mayo había recurrido a la vía judicial solicitando que se ordene el cese automático de la retención de fondos, y se proceda a la transferencia de más de 556.000 millones de pesos que esgrimen que le adeuda el Estado Nacional, en una demanda dirigida al Ministerio de Capital Humano.
Pero el juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal, que entiende en el reclamo, rechazó la medida cautelar autosatisfactiva que había iniciado la Universidad, ya que el magistrado interviniente consideró que la pretensión de la Universidad debe desestimarse porque no se "aprecian las circunstancias excepcionales necesarias para acceder al reclamo por no resultar suficientes sus afirmaciones".

Por otra parte, la Justicia también determinó que del planteo efectuado por de la UNMA no se verifica la verosimilitud en el derecho en forma patente y que no se vislumbra acabadamente la supuesta arbitrariedad que denuncia por parte de la Administración Pública.
Además, cierra con la advertencia de que, por iscutirse en este proceso un reclamo patrimonial debe encauzarse por otra vía, porque no se advierte la existencia de un perjuicio irreparable.
Por parte del Estado Nacional, se cuestionó la legitimación de la rectora, Cristina Caamaño Iglesias Paiz, ya que la designación por la resolución Nº 2534/23 del ex Ministerio de Educación, quedó sin efecto por la resolución Nº 45/24, emitida por el Ministerio de Capital Humano.
También el Gobierno denunció que el acta de fecha 05/03/24, mediante el cual se dejó constancia de los comicios de asamblea llevados a cabo para su designación, carecen de validez, al no contar con la aprobación pertinente con lo previsto en el art. 49, de la Ley de educación superior y del art. 23, del Decreto Nº 176/96.
Esto significa que la UNMA no tiene autorizada su puesta en marcha.
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