Por Ciudadano.News
26 Septiembre de 2024 - 19:01
La Justicia dispuso una medida cautelar que deja en condición de suspenso la aplicación del decreto que declara "esencial" al transporte aéreo, luego de una presentación interpuesta por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA).
Por resolución del Juzgado del Trabajo N.º 42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo, se dispuso como medida cautelar la suspensión de los Decretos 825/24 y 831/24, con los que el Gobierno Nacional, en el marco del conflicto de funcionamiento y salarial con la empresa Aerolíneas Argentinas, declaró como "esencial" el servicio aéreo de pasajeros, lo que fue considerado por los trabajadores de la empresa como una limitación del ejercicio del derecho de huelga de los pilotos, según lo publicado por APLA hoy en su cuenta oficial de la Red social X.
De acuerdo al gremio, la determinación judicial señala que se encuentra "debidamente acreditado el planteo efectuado por APLA, conforme las normas constitucionales, legales y reglamentarias", y que el derecho de huelga "se encuentra expresamente reconocido en nuestro país a partir de la incorporación del art. 14 bis de la C.N. en el año 1957, así como también en el art. 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en Convenio 87 de la OIT que tiene jerarquía constitucional".
En consecuencia, y debido a lo antedicho, "conserva vigencia el art. 24 original de la ley 25.877, y el decreto reglamentario 272/06, no encontrándose la actividad aeronáutica civil aerocomercial entre los servicios esenciales enumerados".
Así también, los trabajadores aéreos señalan que "como evidencia la permanente conducta de APLA, siempre en el marco del Estado de derecho, contestaremos a cada ilegalidad con mayor convicción sobre las razones de nuestros reclamos".
En este marco, advierten que "el gobierno, con cada medida con que se involucra en el conflicto pone en evidencia, repetidamente, situarse como parte del mismo y, con ello, confundir su función de poder público con la de empleador o, peor aún, con la de intereses distintos a los del Estado Nacional y el patrimonio público, violando escandalosamente las normas vigentes y determinando responsabilidad por ello".
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