Por Ciudadano.News
15 Marzo de 2022 - 19:02
Los seis detenidos por la violación grupal en el barrio de Palermo fueron procesados este martes 15 de marzo con prisión preventiva por el juez Marcos Fernández, quien los acusó por el delito de “abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal y con la intervención de dos o más personas”. Además, les trabó embargo sobre sus bienes por 35 millones de pesos.
Según el Código Penal, ese delito contempla penas que llegan hasta los 20 años de prisión. La medida recayó sobre Ángel Pascual Ramos (23), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24), Steven Alexis Cuzzoni (20), Franco Jesús Lykan (24), Ignacio Retondo (22) y Thomas Fabián Domínguez (21), todos en calidad de “coautores”. Esto último significa que a todos, por su grado de participación en el hecho, podría corresponderles la misma pena.
De esta forma, el juez dispuso los procesamientos en un fallo con perspectiva de género, en el que interpretó “el caso como un supuesto de violencia contra la mujer”. La resolución sostiene que “no puede soslayarse que sucesos como los aquí ventilados y analizados, se encuentran alcanzados por las previsiones de la Convención de Belén do Pará. Por lo tanto, los mismos deben ser enmarcados como un supuesto de violencia contra la mujer".
Según indicaron las fuentes, en el procesamiento, el magistrado argumentó que todos actuaron con “un plan previo, con acuerdo de voluntades y roles”, durante el caso que ocurrió el pasado lunes 28 de febrero por la tarde en la calle Serrano al 1300, en Palermo Soho, Buenos Aires.
Sin embargo, el magistrado descartó procesar a los seis acusados por el suministro de alguna droga que hubiera vulnerado la capacidad de la víctima. “Al menos en este estadio no se han allegado elementos de juicio ni indicios suficientes como para robustecer la idea de que aquellos hubieran provocado el estado de inconciencia de la víctima, ya sea por medios violentos o engañosos que la indujeran a presentar el cuadro de vulnerabilidad que la afectó”, expresa la resolución.
En ese contexto, el juez también destacó que la joven se encontraba en “estado de vulnerabilidad” y que “los actos sexuales no se integraron con su voluntad, en tanto no podía autodeterminarse libremente”.
Es que la víctima reconoció “haber consumido alcohol y marihuana”, pero los estudios de laboratorio mostraron “resultado positivo para marihuana, anfetamina, y metilenedioximetanfetamina” (éxtasis).
Los procesamientos, que incluyen embargos para cada uno de los imputados por 35 millones de pesos, fueron dictados con prisión preventiva, ya que el juez resolvió mantener efectiva ante los “riesgos procesales” que podrían significar las excarcelaciones.
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