|11/05/20 08:52 AM

Punto a punto, el decreto que extiende la cuarentena con excepciones

La nueva norma que establece el Gobierno de la República Argentina establece una normativa diferenciada por distritos

11 de mayo, 2020 - 09:09

Con nuevos requerimientos para exceptuar actividades en medio de la pandemia de COVID-19, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).

Con la firma del presidente Alberto Fernández y todos los ministros del Gabinete nacional, el Decreto 459/2020 establece diferencias en las regiones del país. La flexibilización será menor para la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense (AMBA).

El documento oficial pondera que "estas medidas han permitido, hasta el momento, contener la epidemia, por la aparición gradual y detección precoz de casos y por la implementación de las acciones de control ante casos con menor tiempo de evolución, registrándose una disminución en la velocidad de propagación y evitando la saturación del sistema de salud".

Además indica que durante el transcurso de los 50 días del ASPO, se ha logrado "mejorar la capacidad de asistencia del sistema de salud a través del aplanamiento de la curva; tarea que se viene logrando con éxito".

El presidente argentino, Alberto Fernández.

Por otro lado asegura que se han "dispuesto medidas para morigerar el impacto económico y social por la adopción de las medidas sanitarias dispuestas en la sociedad".

Un dato fundamental para avanzar con la flexibilización, es que al momento de instaurar la cuarentena obligatoria a nivel nacional, el tiempo de duplicación de casos de COVID-19 confirmados, era de 3,3 días y al día 8 de mayo de 2020 alcanza los 25 días.

 

Trabajadores públicos nacionales

Todos aquellos trabajadores pertenecientes al ámbito público nacional (que no estén dentro de las excepciones previstas en el decreto 297) "deberán abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo, pero realizarán sus tareas, en tanto ello sea posible, desde el lugar donde cumplen el aislamiento ordenado".

 

Departamentos o partidos de hasta 500 mil habitantes

Los gobernadores podrán disponer nuevas excepciones al aislamiento y a la prohibición de circular "con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios o comerciales".

El texto aclara que en todos los casos se deberá contar con los protocolos sanitarios necesarios.

  • Para poder establecer la flexibilización, las autoridades provinciales deberán constatar:
  • Que el tiempo de duplicación de casos de coronavirus no sea menor a 15 días
  • Que el sistema de salud no esté desbordado y con capacidad suficiente
  • Que la proporción de personas exceptuadas no alcance el 75% de la población total

Los paseos sanitarios que funcionan en parte del país.

 

Departamentos o partidos con más de 500 mil habitantes

En estas disposiciones queda exceptuado el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), es decir, Ciudad de Buenos Aires y conurbano bonaerense. Es decir, Gran La Plata, Mar del Plata, Gran Córdoba, Gran Mendoza, Salta, Gran San Juan, Gran Rosario, Gran Santa Fe y Gran Tucumán-Tafí del Valle.

El Decreto establece que los gobernadores podrán flexibilizar la cuarentena siempre que "el tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no deberá ser inferior a 25 días".

Además aclara que cualquier excepción se podrá llevar a cabo siempre y cuando los empleadores puedan garantizar "el traslado de los trabajadores, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos y trenes".

 

Flexibilización en AMBA

El Gobierno nacional viene advirtiendo con los datos oficiales que el Área Metropolitana de Buenos Aires es el distrito con más contagios de coronavirus de la República Argentina.

Es por eso que cualquier relajamiento del ASPO en estos distritos se realizarán con mayor cuidado y con la aprobación directa del jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero.

El Decreto establece que el Jefe de Gabinete "podrá autorizar el pedido tal como se le requiere o limitando la excepción a determinadas áreas geográficas, en atención a la evaluación de la situación epidemiológica del lugar y al análisis de riesgo, previa intervención del Ministerio de Salud de la Nación".

Dispone además que los empleadores deberán contratar servicios de transporte para sus empleados para poder acceder al permiso de actividad, ya que los trabajadores no podrán utilizar "el servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes".

Nuevo pintado en ciclovías de Buenos Aires.

 

Monitoreo de la situación

Se estableció que se realizará un informe semanal de "Seguimiento Epidemiológico y Sanitario COVID-19" que permita evaluar la evolución de la pandemia a nivel nacional.

En este, las autoridades provinciales deberán avisar si detectan un signo de alerta epidemiológico de manera inmediata. Por lo que el Gobierno nacional podrá disponer del cese de la excepción en cualquier distrito.

 

Prohibiciones que se mantienen

A pesar de la flexibilización impuesta por este decreto, hay algunas actividades que siguen con prohibición expresa.

  1. Las clases presenciales de todos los niveles, en todo el país
  2. Los eventos masivos que impliquen la concurrencia de personas, tales como: públicos y privados, sociales, culturales, deportivos, religiosos y recreativos
  3. Centros comerciales y shoppings
  4. Cines, teatros, bilbiotecas, museos y centros culturales
  5. Restaurantes, bares, gimnasios, clubes
  6. El uso de transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional
  7. Turismo, apertura de plazas y parques

 

Transporte público

La normativa indica que "el uso del servicio del transporte público de pasajeros interurbano e interjurisdiccional autorizado a circular, quedará reservado para las personas que deban desplazarse para realizar las actividades contempladas dentro de las excepciones".

 

El Decreto 459/2020

Decreto 459/2020 - Extensió... by Luis Vidal Correa on Scribd