Mediante un decreto, el presidente Alberto Fernández extendió la situación de emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022. De esta forma, estableció el aislamiento obligatorio, como medida de acción preventiva, en determinados casos.
El objetivo que mantiene el estado de situación que se lanzó el 12 de marzo de 2020, es "dotar al Estado de las herramientas necesarias, adecuadas, eficaces y transparentes para combatir" la pandemia, que vive en estas semanas un aumento considerable de casos positivos, aunque menos impacto en internaciones hospitalarias.
Quiénes deben permanecer aislados
Según se indica en el artículo 7 de la norma publicada en el Boletín Oficial, deberán permanecer aisladas las siguientes personas:
En tanto, quedan exceptuados de cumplir el aislamiento: Los y las menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación en los términos referidos en el presente apartado. Las personas extranjeras no residentes, no vacunadas, mayores de 18 años que integren equipos deportivos y cuenten con los protocolos aprobados por la autoridad sanitaria nacional a pedido del Ministerio de Turismo y Deportes, que cuenten con una certificación de su entidad deportiva que acredite el motivo del viaje. Las personas nacionales o extranjeras en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales o internacionales.