Por Ailín Garro
10 Mayo de 2021 - 21:18
El Gobierno informó mediante el Decreto 301 que partir del 1 de agosto las empresas volverán a pagar el Impuesto a los Créditos y Débitos bancarios, más conocido como "Impuesto al cheque". La medida establece en este sentido, que cualquier tipo de transferencia que se realice a través de bancos, billeteras virtuales, y aplicaciones (empresas fintech) estará sujeta a percibir el Impuesto.
De acuerdo con esta decisión, exclusivamente las personas jurídicas que operen por Mercado Pago, Ualá o cualquier otro de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) deberán restablecer la liquidación de este Impuesto, medida que había sido eliminada por el Gobierno de Macri en 2018.
A partir de agosto entonces los PSP empezarán a actuar como agentes de liquidación y percepción a los débitos un 0,6% y a los créditos otro 0,6%, al igual que las operaciones a través de bancos y financieras. Por lo que la operación en total tendrá un "costo" del 1.2%
Por su parte el Gobierno detalló en el Decreto 301 , que las personas humanas y Mipymes, como también los monotributistas o llamados Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), serán eximidos de esta medida y al mismo tiempo que las transferencias entre cuentas del mismo titular “estarán exentas del impuesto”.
El decreto, que lleva las firmas de Alberto Fernández, Santiago Cafiero y Martín Guzmán, menciona que “uno de los principios del derecho tributario es la igualdad en el tratamiento impositivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional”
¿Qué es el impuesto al cheque?
El tributo es en realidad denominado "Impuesto a los débitos y créditos bancarios " Esto significa que si alguien como empresa realiza una operación con una cierta cantidad de dinero, al que transfiere (débito) el Estado le cobra un 0.6% y al que recibe (crédito) otro 0.6%.La nueva medida intenta revertir la "deslealtad" que había de parte de las PSP como Mercado Pago con los bancos físicos que se empezaron a quejar por no tener una "inclusión financiera", es decir, la competencia no era igualitaria.
¿Cuáles son los posibles beneficios o perjuicios?
En este sentido le consultamos a Daniel Garro M.B.A/M y CEO de Value International Group si esto en realidad es un beneficio o un perjuicio a las personas que están exentas, quien nos expresó: "La medida en teoría no es real ya que genera un perjuicio para las personas que se supone que son exentas porque la empresa por algún lado va a cobrar ese Impuesto". Esto quiere decir que por ejemplo, en caso de que una empresa tenga que pagar los servicios prestados por un trabajo a una persona humana, a la hora de transferir o depositar, la persona jurídica va a "deducir el Impuesto antes de la operación", en otras palabras le va a "depositar menos" para amortizar de alguna manera ese Impuesto.
En referencia a que durante en el Gobierno de Mauricio Macri se eliminó esta operación indicó: "Macri lo que hizo es atenuar un poco las cosas" debido a que "si uno hacia transferencias online, no te la cobraban, ya sean bancos físicos o no" en cambio "si ibas con efectivo o depositabas un cheque físico si tenías que pagar el tributo" porque querían promover las transferencias online. "Una para que quede todo registrado en la AFIP y otra para que la gente no vaya a los bancos"
Además agregó; "Ahora te va a dar igual tener cuenta bancaria o no" pero hay que tener en cuenta que "las empresas como los que están exentos van a perder igual".
En tanto, y reafirmando su visión expuso: "La medida es mala, como todos los impuestos. Siempre que un Estado establece un impuesto daña a la Economía ya que distorsiona todos los precios relativos" (La distorsión de precios relativos significa que los precios, al tener Impuestos no reflejen la realidad económica)
Y finalizó: "Todos los impuestos desvían recursos, porque se los sacan a los privados y van hacia el estado"
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