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Devolución IVA: los 5 errores más comunes y cómo reclamar el reintegro ante la AFIP

Con el programa Compre sin IVA, más de 20 millones de personas quedaron en condiciones de recuperar el 21% de sus compras siempre que las hagan con tarjeta de débito, pero hay que tener en cuenta algunas cuestiones para aprovechar el beneficio

Por Redacción

03 de octubre, 2023 - 09:38

Luego del anuncio de la devolución del IVA comunicado por el ministro de Economía, Sergio Massa, surgieron dudas respecto a los detalles de la medida, que estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, especialmente entre quienes hicieron compras y aún no recibieron el reintegro.

La demora en la acreditación del dinero devuelto puede tener distintos motivos: estos son los cinco errores más comunes al momento de realizar la operación y que pueden invalidar el proceso de devolución del impuesto al valor agregado. 

1. No tener declarado el CBU en AFIP

El programa Compre sin IVA por el que se devuelve el 21% de las compras de productos de consumo masivo que se hagan con tarjeta de débito, no requiere ningún trámite de inscripción. Sin embargo, hay un requisito operativo para poder recibir el reintegro: los beneficiarios deben tener declarado su CBU ante AFIP, caso contrario no recibirán el reembolso.

La Clave Bancaria Uniforme o Clave Bancaria Única (CBU) es un código público único e irrepetible y compuesto por 22 números que utilizan los bancos para la identificación de las cuentas de sus clientes. Si la persona no tiene declarado su CBU, no puede recibir ningún reintegro, ni depósito directo o beneficio del Estado. Y debe ser el de la cuenta asociada a la tarjeta de débito que se utilizó para las compras de productos incluidos en el programa para recibir el reintegro ahí mismo.

2. Pagar con dinero en cuenta de billeteras virtuales

Si se paga con el dinero en cuenta de la billetera digital, como Mercado Pago, Ualá o MODO, no se obtendrá el reintegro. La forma correcta de hacerlo para acceder a la devolución es pagar a través del código QR pero con la tarjeta de débito asociada en la billetera virtual y la plata en la cuenta bancaria. 

Además, desde AFIP informaron que la Cuenta DNI (del Banco Provincia de Buenos Aires) se sumó de manera oficial al beneficio de la devolución del IVA en compras.

3. Usar tarjeta de crédito en las compras

La devolución se logra al pagar únicamente con tarjeta de débito vinculada a una cuenta bancaria. También aplican las tarjetas de los planes Alimentar y Potenciar Trabajo. No se aceptan tarjetas de crédito ni tarjetas prepagas vinculadas a billeteras virtuales como Mercado Pago o Ualá.

4. Comprar en un comercio no incluido en el programa

La devolución del 21% se aplica sobre el monto total pagado en comercios registrados ante la AFIP con actividades específicas. Antes de realizar la compra es importante verificar que el comercio esté inscripto en las categorías permitidas. Puede consultar este dato en el sitio oficial de "Consulta de Actividades Económicas".

5. Exceder el límite mensual

La devolución tiene un límite mensual de 18.800 pesos por persona, que se alcanza gastando 89.523 pesos. Para evitar sobrepasar este límite, es recomendable que varios miembros del hogar dividan los pagos del mes y recuperen hasta 18.800 pesos cada uno.

El programa está disponible para jubilados, empleados en relación de dependencia, monotributistas, personal doméstico registrado, y titulares de planes como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), Alimentar y Potenciar Trabajo. No aplica para autónomos ni para quienes pagan Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales por bienes distintos a su vivienda única.

Cómo hacer el reclamo por la devolución del IVA en AFIP

Para iniciar el reclamo por la no devolución del IVA es necesario entrar a la web de AFIP, completar un formulario con datos personales, CUIT/CUIL, teléfono de contacto y dirección de email. Luego, es necesario detallar los motivos del reclamo. También se puede hacer el reclamo por teléfono en la línea de Atención al Usuario (0800 999 2347).

Desde el ente recaudador aclararon que no van a admitir casos en los que:

  1. Los formularios no tengan la información necesaria.
  2. Contengan datos falsos o de dudosa autenticidad.
  3. No esté claro el motivo del reclamo y no se pueda establecer un contacto con el reclamante para aclarar la situación.
  4. Sean referidos a pedidos de resolución de procedimientos ya iniciados, sujetas a plazos específicos, antes del vencimiento del respectivo plazo.
  5. Reiteren reclamos o sugerencias ya atendidos.
  6. No estén vinculados con la competencia de la AFIP.

Si la presentación corresponde en verdad a una denuncia. Esta debe ser efectuada telefónicamente al Centro de Atención de Denuncias, al 0800-999-DENU (3368), opción 2, de lunes a viernes de 10 a 16 horas.

La devolución del IVA abarca a los trabajadores formales con ingresos de hasta 6 salarios mínimos (unos 708.000 pesos), monotributistas y trabajadores de casas particulares. Además, incluye a jubilados y pensionados y a los beneficiarios de la AUH.

Los beneficiarios deben gastar más de 108.000 pesos en el mes para aprovechar al máximo la ayuda. La devolución del IVA está vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.