Por Ciudadano.News
30 Septiembre de 2024 - 12:35
En pleno blanqueo de bienes y activos que no están declarados, el Banco de la Nación Argentina (BNA) lanzó una llamativa campaña publicitaria y jugó con "la avivada de los argentinos" instaurada por algunos vivos que diferencia los dólares "cara chica" de los "cara grande" cuando ambos tienen absolutamente el mismo valor y vigencia, según ha aclarado en numerosas oportunidades la Reserva Federal (el Banco Central) de los Estados Unidos.
El BNA realizó un sketch humorístico con los dólares cara grande y cara chica. "¿Te diste cuenta de que al fin vamos a salir de este claustro?", tiró cara grande. La respuesta de cara chica fue "obvio, ¿y vos te diste cuenta que a donde vamos vos y yo somos iguales?", y luego se ríe, haciendo referencia a la avivada de las casas de cambios, en la cual, solo respetaban el valor del dinero si respetaban ciertas características del mismo.

Gracias al humorístico sketch, el Banco Nación busca incentivar a la regularización de los activos no declarados para que sus clientes puedan abrir una cuenta especial e invertir su dinero en otros bienes.

Características del blanqueo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos contemplado en la Ley 27.743 "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes". A través de la Resolución General Nº 5528. La medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país.

El Régimen permite regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos, quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta US$100.000.
Las alícuotas se dividen en 3 etapas y cuanto antes se ingrese al régimen, el porcentaje será menor de abonar.
- Etapa 1: hasta el 31 de octubre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de US$ 100.000
- Etapa 2: hasta el 31 de enero de 2025, la alícuota es del 10%.
- Etapa 3: hasta el 30 de abril de 2025, la alícuota asciende al 15%.
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