Por Ciudadano.News
2 Mayo de 2024 - 18:23
La fórmula con la que se ajustará el valor de las cuotas de la medicina privada fue informada por el Gobierno. De ahora en más, el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos el de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.
La Secretaría de Comercio publicó que los valores no podrán superar al de la cuota de ese mes multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023.
Es decir, para calcular el valor máximo de la cuota actual que, dependiendo del caso, podría corresponder a abril o mayo, hay que considerar la cuota de diciembre y agregarle el 93,3%, la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero. En el caso de mayo, el ajuste será de 114,6%, la inflación acumulada desde noviembre a marzo. https://ciudadano.news/sociedad/una-decision-judicial-complica-la-devolucion-de-dinero-a-los-afiliados
Las facturas que se emitieron previamente al 17 de abril no tendrán descuento y este se verá aplicado en la próxima. Al mismo tiempo, es importante destacar que este ajuste estará vigente durante cinco meses, es decir, hasta septiembre.
La medida alcanza a todos los asociados de las empresas incluidas en la disposición que dicto la Secretaría de Industria y Comercio a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) y esta no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados. Las empresas que deben adoptar el sistema de aumentos son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico.
Los usuarios de las empresas que se nieguen a aplicar el ajuste podrán comunicarse al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor. Las compañías se enfrentan a la posibilidad de ser multadas de manera diaria con un equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442, la Ley de Defensa de la Competencia.
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