Por Ciudadano.News
11 Noviembre de 2025 - 17:55
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) ha emitido un comunicado para expresar su más enérgico repudio contra una decisión judicial tomada en Tucumán que impone una severa restricción a la prensa.
La medida fue dictada por el Juzgado Penal del Centro Judicial Capital de Tucumán y ordena el cese inmediato de la difusión —por cualquier medio (televisivo, radial, digital o redes sociales)— de contenidos que cuestionen o critiquen al Ministerio Público Fiscal y a sus funcionarios.
ADEPA calificó esta acción como "censura previa", una práctica terminantemente prohibida tanto por la Constitución Nacional como por los tratados internacionales.

La restricción: una prohibición ilegítima a la crítica pública
En su duro comunicado, la asociación periodística recordó los principios fundamentales del derecho a informar:
"ADEPA ha sostenido de modo constante que ninguna autoridad estatal, sea judicial o administrativa, puede disponer la censura previa ni prohibir la difusión de información o de opiniones, en especial cuando se trata de expresiones referidas a funcionarios públicos o a hechos de interés institucional", indicó la entidad.
La acción del Juzgado tucumano busca establecer una "zona libre de crítica" para el Ministerio Público Fiscal, lo cual es considerado un grave atropello a la función de contralor de la prensa en democracia.
El argumento legal: la Constitución y la Corte IDH
ADEPA reforzó su posición citando el marco legal que rige la libertad de expresión en el país, señalando que la medida es inconstitucional.
- Violación de la Constitución Nacional: Este tipo de prohibiciones preventivas son "contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional" y lesionan el derecho de la ciudadanía a informarse y debatir sobre asuntos de relevancia pública.
- La postura de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH): La asociación citó a la Corte IDH, que ha establecido que toda medida que "limite la circulación de información constituye una restricción ilegítima de la libertad de pensamiento y de expresión", con la única excepción de la protección de la infancia.
El mensaje es claro: en un sistema democrático, la crítica a los poderes públicos solo puede generar responsabilidades ulteriores (después de la publicación) y nunca prohibiciones preventivas de difusión.
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