Por Ciudadano.News
20 Noviembre de 2019 - 17:57
La Cámara de Diputados de Mendoza dio media sanción al proyecto de Ley de Guillermo Pereyra (FR) a través del cual se incluirá en las facturas o comprobantes la leyenda “propina sugerida” para mozos y mozas de establecimientos gastronómicos.
La propina sugerida conforme a esta ley será de un diez por ciento (10%) con respecto al monto total de la consumición correspondiente y el monto obtenido por el trabajador proveniente de las propinas por él recibidas no podrá ser descontado de su remuneración ni de los adicionales que perciba el mismo de conformidad al convenio colectivo.
El consumidor podrá solicitar al encargado del establecimiento que se elimine la propina de la factura cuando el servicio fue prestado de modo insatisfactorio o deficiente. La queja se asentará en el libro de quejas del establecimiento. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-11-20-8-31-29-fracaso-el-intento-de-reformar-la-ley-antiminera-7-722
Los ingresos percibidos como consecuencia de la presente ley serán repartidos en partes iguales entre los mozos y todo el personal de cocina.
En los fundamentos de la norma se subraya que “en la actualidad en la Argentina no existe ninguna ley de propina sugerida u obligatoria, pero esta suerte de ley no escrita es de indudable conocimiento entre los habitantes, y a su vez esta se convierte en una parte importante de los ingresos de los mencionados trabajadores”. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-11-19-20-16-4-fuerte-temblor-se-sintio-en-la-provincia-de-mendoza
El legislador, por su parte, señaló que “no constituye una obligatoriedad y no tiene nada que ver con aumentar el salario “y que “actualmente las propinas prácticamente son un presupuesto del precio final que se paga y existe una conciencia social que las mismas son del 10 por ciento como mínimo. Es de destacar que en otros países del mundo las mismas son incluidas por ley en la cuenta, a veces dentro de la misma, y otras en apartados especiales. También a veces la costumbre social es dejar propinas del 20 por ciento para dar el ejemplo de los Estados Unidos de América”.
“Si bien el artículo 113 de la ley de Contratos de Trabajo tiene incorporada la propina siempre que sea habitual y permitida. Creemos que esta ley sería de ayuda para el consumidor y para el empleado ya que informaría de forma fehaciente lo que por costumbre es la propina mínima que se paga y facilitaría al consumidor su cálculo y ayudaría a incentivar al trabajador que se esmeraría en su atención para recibir la misma”, indicó el diputado Pereyra.
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